Cobrá la devolución del impuesto PAIS: ARCA extendió la fecha límite del trámite
ARCA extendió el período de declaración, que vencía el 31 de marzo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, extendió el plazo para presentar la devolución de saldos a favor del Impuesto PAIS, a través de la Resolución General 5669/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Esta modificación alcanza a los agentes de percepción y liquidación que hayan ingresado percepciones en exceso correspondientes al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).
¿Hasta cuándo se puede presentar la devolución?Con este cambio, los agentes de percepción y liquidación del tributo podrán exteriorizar saldos correspondientes no solo a diciembre de 2024 y los tres primeros meses de 2025, sino también al mes de abril del corriente año.
Con la nueva normativa, ARCA habilita la presentación del formulario F.744 por saldos a favor correspondientes a:
Diciembre 2024 Enero 2025 Febrero 2025 Marzo 2025 Abril 2025
Esta presentación debe realizarse a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), tal como lo establece el artículo 8° de la Resolución General N° 4659.
ARCA: más noticias¿Qué cambia con la nueva resolución?
La RG 5669/2025 sustituye el artículo 2° de la normativa previa (RG 5638/2025), ampliando el período de saldos que pueden ser exteriorizados y solicitados para devolución simplificada.
“La medida busca facilitar el proceso administrativo y asegurar el reconocimiento de los montos a favor derivados de un impuesto ya derogado”, explicaron fuentes oficiales de ARCA.
¿A quiénes afecta esta devolución?
Esta resolución está dirigida a los agentes que actuaron como responsables de percepción del impuesto PAIS, en operaciones alcanzadas por el 30% de recargo en compras con tarjeta en dólares, tanto de crédito como débito, realizadas hasta el 22 de diciembre de 2024.
Cabe recordar que el impuesto no se aplicó a compras con tarjetas de crédito que cerraban luego de esa fecha, pero sí a compras con débito realizadas hasta las 24 horas del día 22.
Dado que el impuesto ya fue eliminado, los agentes no pueden compensar saldos a futuro con nuevas operaciones. Por eso, ARCA permite:
Compensar esos saldos con obligaciones vinculadas al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias.
Presentar el formulario F.744 para acceder a la devolución simplificada de lo ingresado en exceso.
El esquema de devolución progresivo por porcentajes, sin embargo, no fue modificado.