ASISTENCIA

Desempleados cobran extra: cómo acceder al pago de $25.254

Anses prepara el calendario de noviembre para AUH, SUAF, jubilados y pensionados, entre otros grupos. Mientras, el organismo activó un pago para desempleados que cumplan algunos requisitos

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) activó el pago de un plan para desempleados. En tanto, el organismo entrega los últimos haberes para jubilados y pensionados junto al bono de $7.000 o $4.000.

Por su parte, titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) podrán acceder a diferentes ayudas y asistencias en noviembre como el monto de la Tarjeta Alimentar, el Complemento Leche y lo retenido por Libreta AUH.

Mientras, el Ministerio de Trabajo sigue recibiendo inscripciones de monotributistas y empleadas domésticas, entre otros grupos, para acceder a $15.000 extra, en el marco del programa Fomentar Empleo.

 

Fondo de Desempleo Anses

Se trata de un acompañamiento monetario destinado para trabajadores asalariados registrados que fueron despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su trabajo por quiebre de la empresa en la que trabajaban.

Esto permite que perciban un monto mensual, conservar la obra social y mantener el cobro de las asignaciones familiares, en caso de que corresponda.

Montos de Prestación por Desempleo

El monto mínimo para octubre de la Prestación por Desempleo quedó en $15.153, mientras que su valor máximo alcanza los $25.254. En tanto, el próximo aumento será en noviembre y tendrá los siguientes montos:

$16.083 (valor mínimo) $26.805 (valor máximo)

 

Mi Anses: conocé todas las noticias Quiénes no podrán acceder al Fondo de Desempleo

Entre los que no pueden acceder al beneficio serán desempleados que:

Perciban prestaciones previsionales. Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia excombatiente del Atlántico Sur. Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías. Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada. Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario. Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando la trabajadora o el trabajador dejan de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%. Pertenezcan a los regímenes de Trabajo Agrario, Servicio doméstico, Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal o Establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas. Fondo de Desempleo: requisitos para anotarse Encontrarte en situación legal de desempleo por causas no imputables como trabajador/a Para trabajadoras y trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato. Para trabajadoras y trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo. DNI (original y copia). Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso: Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador. Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra. Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador. No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido. Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción. La trabajadora o trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud. La trabajadora o trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

En el caso de cumplir con los requisitos y contar con la documentación solicitada, se debe ingresar en: https://www.argentina.gob.ar/servicio/tramitar-la-prestacion-por-desempleo.

Fechas de pago: Prestación por Desempleo

La Anses informó que esta semana se llevarán adelante los pagos de la Prestación por Desempleo, según terminación de documento: 

DNI terminados en 0 y 1: lunes 24 de octubre. DNI terminados en 2 y 3: martes 25 de octubre.  DNI terminados en 4 y 5: miércoles 26 de octubre. DNI terminados en 6 y 7: jueves 27 de octubre. DNI terminados en 8 y 9: viernes 28 de octubre. ¿Cómo saber si cobro el Fondo de Desempleo?

Para saber si cobrás el Fondo por Desempleo, ingresá a Mi Anses con CUIL y Clave de la Seguridad o consultá tus fechas de cobro en https://www.anses.gob.ar/consulta/fecha-y-lugar-de-cobro

El beneficio se mantiene vigente por seis meses como máximo. 

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