El trabajo de plataformas ya no es el futuro del trabajo
La economía de plataformas engloba una gran variedad de actividades económicas y sociales que son facilitadas por aplicaciones digitales que intermedian entre los agentes. Muchos/as de los lectores/as las deben usar a diario: para viajar al trabajo, para pedir la cena un sábado o para enviar un paquete de un lugar a otro, ya que una de las ventajas que ofrecen es la reducción de los costos de transacción.
Estas empresas que hacen de intermediarias implican una transformación de las empresas y también modifican las relaciones laborales. En primer lugar, en muchos casos el contrato de trabajo se transforma y se adecua a los términos y a las condiciones que las plataformas exigen para registrarse y operar a través de ellas, sin ningún tipo de margen de negociación para los trabajadores. Asimismo, al no haber un puesto de trabajo en el sentido típico, resulta muy difícil la posibilidad de que las personas que se desempeñan en este sector se organicen de manera gremial. En Argentina, si bien en 2018 se inscribió la Asociación de Personal de Plataformas, todavía queda un gran camino por recorrer.
El primer problema es que en estas plataformas hay una relación de dependencia, aunque la empresa lo maquille llamando "colaboradores" o "socios"a personas que claramente son parte de la dotación. El problema de este maquillaje es que estas personas que están en la calle sujetas a los riesgos del tránsito no tienen ningún tipo de cobertura ante un accidente de trabajo. De más está decir que estas personas no cuentan con el derecho a gozar de vacaciones ni a otros tipos de licencia, por lo que ven afectado su pago semanal si un día no se conectan a la aplicación. Es decir, las personas que trabajan para estas plataformas tienen sus derechos laborales bastante vulnerados.
Empleo encubiertoSi seguimos las definiciones de la OIT, este tipo de trabajo se encuadra en lo que es el empleo encubierto, ya que las personas son contratadas de manera independiente pero se encuentran sujetas a algún tipo de supervisión. En este caso, esa supervisión es virtual debido a que los usuarios de las plataformas valoran la calidad del servicio brindado, generando así una reputación digital. Esto conlleva a una menor calidad del empleo y a una alta volatilidad del mercado de trabajo. Estas formas atípicas de empleo constituyen una alternativa viable para las personas jóvenes, cuya tasa de desocupación es aproximadamente del 13%, mientras que para el total de la población es de 6,3%. Asimismo, las personas jóvenes se encuentran en una situación realmente crítica, ya que son un grupo con una informalidad laboral superior al 68%.
Otro dato que indica que esta forma de trabajo debe ser regulada es que la cantidad de monotributistas y autónomos que hay en el país asciende a 2,9 millones de personas; es decir, más de un 20% de la población en condiciones de trabajar. Además, no se puede negar que muchas personas optan por este tipo de trabajos atípicos ya que, si bien el empleo privado registrado refleja pequeños aumentos mensuales desde enero de 2022, todavía no logra recuperarse de la caída registrada entre 2019 y 2021.
Por otro lado, no debe descartarse la cantidad de personas que realizan el trabajo en plataformas como segundo empleo en un contexto altamente inflacionario como el que atraviesa la Argentina. Según el Indec, los salarios aumentaron un 102,4% entre abril de 2022 y marzo de este año, mientras que los precios se incrementaron un 104,3%, siendo los alimentos los grandes protagonistas. Asimismo, la subocupación continúa en un 10,9%, por lo que hay muchas personas dispuestas a trabajar más horas, por lo que la labor en estas plataformas resulta una solución.
Proyectos de regulación
Por estas razones, actualmente hay en el Poder Legislativo de la provincia de Buenos Aires un proyecto de ley en debate que busca regular este tipo de trabajo. El proyecto exige la creación de un registro obligatorio tanto de los trabajadores y las trabajadores de aplicaciones como de los vehículos utilizados a fines informativos. Asimismo, el proyecto habilita al Poder Ejecutivo de la provincia a solicitarle a estas plataformas el horario de conexión y de desconexión de las personas, así como también la cobertura ante riesgos en el trabajo.
A nivel global, las noticias tampoco son muy alentadoras, ya que solamente en el Reino Unido se habilitaron modificaciones en la clasificación de las personas que trabajan para estas plataformas, una mejora efectiva en las condiciones de trabajo y la apertura de instancias de negociación colectiva. A nivel regional se ve un leve avance, ya que en Chile se sancionó una ley que admite la autorregulación de la jornada laboral y formas especiales de remuneración.
Independientemente de si este proyecto se sancione como ley, es necesario debatir si estas personas deben estar encuadradas en la Ley de Contrato de Trabajo o si deben estar bajo un régimen especial que garantice un mínimo viable de derechos laborales (vacaciones, aportes jubilatorios, aguinaldo, obra social y cobertura ante riesgos en el trabajo).