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Elecciones 2023: no voté en las generales, ¿puedo votar este domingo?

Este domingo son las elecciones presidenciales 2023 que definirá el presidente de los próximos 4 años. Qué pasa con aquellos que no votaron en la primera vuelta

Comenzó el balotaje 2023 y los ciudadanos habilitados para votar ya pueden concurrir a las urnas para ejercer su derecho. En esta tercera y última instancia electoral se definirá si Sergio Massa, de Unión por la Patria, o Javier Milei, por La Libertad Avanza, estará al frente del Poder Ejecutivo durante los próximos cuatro años.

Durante las generales desarrolladas el pasado 22 de octubre, hubo una participación del 77,6%, la mayor en los últimos cuatro años. Por lo tanto, el 22,4% del padrón no asistió a las urnas. ¿Puedo votar en el balotaje si no voté en las generales? 

 

Padrón electoral 2023

La Cámara Nacional Electoral (CNE) precisó que para ejercer su voto, los ciudadanos deberán estar inscritos en el padrón electoral y presentar la documentación correspondiente para acreditar la identidad. 

Se puede consultar el padrón definitivo a través de la página web oficial.

Una vez allí, es necesario ingresar el número de documento, género y distrito. Luego, la página arrojará el nombre del establecimiento, la dirección, el número de mesa y de orden.

Balotaje 2023: documentos habilitados para votar

A la hora de concurrir al establecimiento asignado, las personas deberán presentar la documentación válida para confirmar la identidad.

Los documentos habilitados para votar son los siguientes:

Documento Nacional de Identidad tarjeta DNI libreta verde DNI libreta celeste Libreta cívica Libreta de Enrolamiento 

En algunos casos, los DNI tarjeta dicen "no válido para votar". Sin embargo, la CNE asegura que las autoridades de cada mesa deben permitirle votar en el balotaje 2023 a todas las personas que se presenten con ese documento.

¿Puedo votar en el balotaje si no voté en las elecciones 2023? 

Todos los ciudadanos que figuren en el padrón definitivo tienen el derecho y la obligación de emitir su voto en el balotaje, por más que no hayan votado en las PASO del 13 de agosto o en las generales del 22 de octubre.

La participación en el balotaje es obligatoria para las personas entre 18 y 70 años. Quienes no emitan su voto tendrán que justificar su inasistencia ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores.

Dentro de los 60 días posteriores a la elección podés justificar la no emisión de tu voto de manera online, con la constancia que acredite el motivo. Ingresá en https://t.co/ucDZudbo5u pic.twitter.com/GnHWGLTeaV

— Cámara Electoral (@CamaraElectoral) August 28, 2023

Quienes no justifiquen su inasistencia, quedarán inscritas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, por lo que deberán pagar una multa. 

En consecuencia, no podrán ser designadas o designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

¿Quiénes están exceptuados de votar?

Sin embargo, existe un grupo de personas que no tiene la obligación de ir a votar en el balotaje 2023.

Quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de voto puede justificar su inasistencia a las urnas.

Además, las personas que estén enfermas o imposibilitadas de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.

También quienes son parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas con el cumplimiento de funciones están impedidas de asistir a votar.

A su vez, jueces o auxiliares que, por disposición del Código Electoral Nacional, tienen que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

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