JUSTICIA

Juicio en ausencia: qué es y cómo es la propuesta para aplicar en Argentina

El proyecto establece las condiciones para que se acepte el juicio en ausencia y que pasa si hay más de un acusado y uno de ellos no se presenta

Un juicio en ausencia es un proceso judicial en el que se juzga a un acusado que no está presente en el tribunal. El proyecto de ley de juicio en ausencia para los delitos de genocidio y lesa humanidad busca modificar el Código Procesal Penal para ampliar las posibilidades de celebrar juicios  en casos de delitos graves, como genocidio y  lesa humanidad.

En otros países se celebran este tipo de jucios uno de los cuales tuvo amplia repercusión en Argentina ya que la Justicia francesa condenó en 1990 al ex capitán de fragata Alfredo Astiz a la máxima pena de reclusión criminal a perpetuidad por el crimen de las monjas Leonie Duquet y Alice Domon, ocurrido durante la última dictadura.

Fue la primera condena contra Astiz que luego sería enjuiciado y encontrado culpable en 2011  con determinación de prisión perpetua por formar parte del grupo de tareas de la Escuela de Mecánica de la Armada.

 

Puntos principales del proyecto de Juicio en Ausencia en Argentina

Los puntos salientes de la iniciativa son:

 Se establece, por primera vez, la posibilidad de juzgar en ausencia a un imputado prófugo de la Justicia. El juicio en ausencia se aplicará, unicamente, en los siguientes casos: 

Delitos previstos en los arts. 6, 7, 8 y 8 bis del Estatuto de Roma de la Corte penal Internacional, es decir Genocidio, Lesa Humanidad, Crímenes de Guerra y Crimen de Agresión. Delitos de Desaparición Forzada de Personas previstos en la Convención Interamericana sobre la desparición forzada de personas. Delitos previstos en la Convención contra la tortura y otros tratos penales crueles, inhumanos o degradantes. Delitos de Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferacion de Armas de Destruccion Masiva  Delitos a los que les fuera aplicable la agravante de Terrorismo

A diferencia de lo que sucede en la actualidad, la rebeldía del imputado no suspendera la investigacion ni el avance del proceso hasta la elevacion a juicio. Si el imputado quedara prófugo durante el juicio oral, el juicio oral continuará con los demas imputados presentes y se suspenderá momentáneamente respecto del imputado rebelde, el que será luego juzgado en ausencia.

El juicio en ausencia procederá contra un imputado prófugo luego de haber transcurrido 4 meses desde el dictado de su orden de captura nacional o internacional sin que haya podido ser habido, o cuando fuere sido denegada su extradición, o no se haya tenido respuesta del pedido de extradición en un plazo suficiente.  Se dispone la obligación de grabar todo el juicio en ausencia por medios audiovisuales, bajo apercibimiento de declaración de nulidad y su registro y todos los elementos de prueba deberan ser resguardados hasta la culminacion definitiva del proceso. Si el prófugo fuere habido o se presentare durante la realizacion del juicio en ausencia, tendra derecho a ser oido. Luego de la sentencia condenatoria, el prófugo solo podrá solicitar la realización de un nuevo juicio cuando no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra o cuando, a pesar de haber tomado conocimiento del proceso en su contra, no hubiere concurrido a la citacion del tribunal debido a un grave y legitimo impedimento.

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