Junto con el bono $15000, los titulares de Anses pueden sumar un nuevo beneficio
A la espera del IFE 4, el organismo previsional iniciará el próximo lunes con el pago de la asistencia de refuerzo para AUH, AUE, monostributistas sociales y asignaciones familiares. ¿Qué prestación pueden agregar también jubilados y pensionados?
La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) confirmó el pago del bono de refuerzo de emergencia de $15000 para los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE), asignaciones familiares y monotributistas sociales.
Sin el cuarto Ingreso Familiar de Emergencia (IFE 4), el calendario de cobro iniciará el próximo lunes 26 de abril y estará organizado según la terminación del DNI.
En tanto, jubilados y pensionados de Anses continuarán recibiendo en mayo el segundo bono de $1500 para luego, en junio contar con la segunda suba del año dictada por la ley de movilidad previsional.
Bono de $15000 de Anses: Calendario de pago lunes 26 de abril: documentos terminados en 0 martes 27 de abril: documentos terminados en 1 miécoles 28 de abril: documentos terminados en 2 jueves 29 de abril: documentos terminados en 3 viernes 30 de abril: documentos terminados en 4 lunes 3 de mayo: documentos terminados en 5 martes 4 de mayo: documentos terminados en 6 miércoles 5 de mayo: documentos terminados en 7 jueves 6 de mayo: documentos terminados en 8 viernes 7 de mayo: documentos terminados en 9 Mi Anses: Con o sin bono, ¿cuál es el beneficio que también se puede tramitar?
En el marco de la pandemia de coronavirus y sumado al impacto de la segunda ola de contagios, el Ente Nacional de Comunicaciones ( Enacom) reiteró el llamado a incribirse de forma gratuita, para obtener la Prestación Básica Universal y Obligatoria ( PBU) para celulares, internet, televisión por cable y telefonía fija.
El beneficio, disponible para ser tramitado desde la web oficial, cuenta con mínimos requistos y cubre la totalidad de los beneficiarios de Anses, sociedades de fomento e incluso estudiantes de las Becas Progresar.
Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años. Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años. Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años. Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años. Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años. Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años. Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años. Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar. Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098. Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley. Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscripta ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC). Paso a paso, ¿cómo incribirme en el PBU? Para iniciar la gestión deberás estar inscripto en alguno de los grupos beneficiarios a los que está dirigida la prestación. Sí cumplis con esta condición, el paso siguiente será completar un formulario en carácter de declaración jurada. ¿Dónde descargar el formulario de inscripción? Ingresá a www.argentina.gob.ar/solicitar-prestacion-basica-universal-y-obligatoria en la opción "Descargar documento" Hacé click acá FORMULARIO ENACOM ¿Qué datos ingresar en la declaración jurada ? Nombre y apellido Razón social o denomicación social (completar este punto SÓLO SI SE TRATA DE UNA ENTIDAD) CUIT/CUIL Domicilio Firma Una vez que completo la declaración jurada, ¿qué hago?Enviala a los prestadores de los servicios que necesites, a través de los canales de atención que habiliten.