La Libertad Avanza apeló y presiona para que Diego Santilli sea primer candidato

La renuncia de José Luis Espert desató un problema estratégico para La Libertad Avanza. La Justicia sostiene que Karen Reichardt debe ser la primera candidata a diputada, pero el Gobierno sostiene a Diego Santilli 

La Libertad Avanza apeló la decisión del juez Alejo Ramos Padilla de designar a Karen Reichardt como primera diputada de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires. Según el oficialismo, la persona que tiene que liderar la lista oficialista es Diego Santilli, quien originalmente ocupaba el tercer puesto en la boleta.

José Luis Espert era el primer candidato, pero renunció tras el escándalo que lo involucra con el empresario narco Fred Machado. Tras diversas interpretaciones de la ley de paridad de género en las listas, el juez con competencia electoral determinó que la designada para ocupar el puesto es Reichardt, que acompañaba a Espert como segunda candidata.

 

El argumento del partido es que Ramos Padilla interpretó erróneamente la ley de paridad de género y que su decisión es arbitraria, contradictoria e infundada. La Libertad Avanza argumentó que el Decreto N° 171/2019, que establece que a un candidato que renuncia se lo reemplaza por la persona del mismo género que le sigue en la lista (el "corrimiento"), es legal y constitucional.

Es legal porque el Código Electoral no explicita qué hacer si un candidato renunciaba antes de la elección. El Poder Ejecutivo dictó este Decreto para cubrir ese vacío legal. Además, esta regla imita la que ya existe en el mismo Código para reemplazar a los Diputados que están en función, donde el reemplazo es por alguien de su mismo sexo. El objetivo es aplicar el corrimiento, que es la única forma de mantener el orden de paridad (alternancia hombre-mujer) de la lista, tal como exige el artículo 60 bis del Código Electoral.

Para LLA, el Juez se equivocó al interpretar la ley y la Corte Suprema. El recurso presentado este jueves sostiene que Ramos Padilla cometió un error grave al dictar su fallo al basarse en un fallo anterior de la Corte en el caso Juntos por el Cambio para decir que la regla de corrimiento era inconstitucional. Sin embargo, el partido argumentó que la Corte solo dijo que no se aplicaba en ese caso específico, que en ese momento era de Senadores y complicaba el orden, pero no la declaró inconstitucional de forma general. En este caso de Diputados, sostienen que la regla sí es aplicable.

Según la apelación, la solución alternativa propuesta por el juez para un supuesto "espíritu" de la ley, en realidad contradice y viola la letra expresa del artículo 60 bis del Código Electoral, que es la norma que exige la alternancia estricta en toda la lista. 

LLA sostiene que el fallo es subjetivo e infundado. Es decir, que no se basa en pruebas ni en la ley, y que el juez especuló sin ninguna prueba objetiva que las renuncias de las candidatas fueron una "maniobra" o que tuvieron la intención oculta de beneficiar a los varones. Esto hace que su fallo sea arbitrario, según su interpretación.

Argumentaron que la sentencia es contradictoria porque el Juez aceptó las renuncias de las candidatas (porque nadie puede ser obligado a postularse), pero al mismo tiempo rechazó la consecuencia legal que esas renuncias generaban, según la normativa, que es el corrimiento. Al no aplicar una regla clara y elegir una solución propia, Ramos Padilla está reemplazando la voluntad del Congreso, afectando la seguridad jurídica del proceso electoral.

 

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