Nueva tarjeta alimentaria: todos los requisitos y cómo cobrar
El Ministerio de Desarrollo Social reglamentó un nuevo plan para acceder a una tarjeta alimentaria. El programa es similar a la Tarjeta Alimentar que se entrega a través de Anses
El Ministerio de Desarrollo Social lanzó una nueva tarjeta alimentaria para garantizar el acceso a la canasta básica de un grupo de personas.
El plan incluye una tarjeta prepaga física o virtual para comprar determinados alimentos, artículos de higiene y elementos para primeros auxilios.
En paralelo, la cartera de Desarrollo Social continúa con la entrega de la Tarjeta Alimentar para la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE) y Pensiones No Contributivas (PNC), que tiene montos que van desde los $12.500 a $25.000.
Plan Alimentar Comunidad
La ministra de Desarrollo Social reglamentó el plan Alimentar Comunidad, a través de la resolución 230/2023 publicada en el Boletín Oficial.
Con Alimentar Comunidad, comedores, merenderos y organizaciones sociales podrán acceder a:
Una tarjeta prepaga física o virtual, que se limitará en cuanto al uso a los rubros de alimentos, artículos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios. Promoción de la oferta de productos, mejora de la trazabilidad del producto y monitoreo del proceso y de los productos adquiridos. Brindar, en forma directa o a través de instituciones públicas o privadas, capacitadas para tal fin, asistencia y capacitación a los comedores y merenderos y organizaciones sociales y comunitarias. ¿Quiénes cobran Alimentar Comunidad?La tarjeta alimentaria está dirigida a personas en situación de vulnerabilidad social, que reciben asistencia por medio de comedores, merenderos de organizaciones sociales y comunitarias.
Mi Anses: últimas noticias Requisitos de la nueva tarjeta alimentariaPodrán cobrar la nueva tarjeta alimentaria los comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM).
El programa es incompatible para aquellos que perciban otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:
Constancia de inscripción en AFIP de la organización. Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante. Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin. Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad. Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos. Fotocopia autenticada del estatuto actualizado. Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes. Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.Los requisitos para las organizaciones sociales, conformadas de hecho o sin personería jurídica, que solicitan el subsidio representadas por una persona humana, deberán presentar: