EMPEZÓ DICIEMBRE

Renovación del cupo del dólar ahorro: quiénes pueden comprar dólar oficial

El Gobierno estableció un nuevo valor del dólar ahorro, mientras el dólar blue se encarece. ¿Qué pasa con el dólar tarjeta?

A partir de este viernes se renueva la posibilidad de acceder a los USD 200 máximos que permite comprar el Gobierno con base del dólar oficial. La semana pasada, los impuestos del dólar ahorro y tarjeta aumentaron un 155%, al igual que la percepción del impuesto a las Ganancias. 

El nuevo valor del dólar ahorro es de $964,84, al igual que el tarjeta, que impactó en los pagos online en divisas sobre consumos de streaming, como Netflix, Amazon y Spotify. En paralelo, el dólar blue tuvo una buena performance en noviembre y resulta ser una alternativa viable frente a los aumentos de los otros tipos de divisas. 

 

Dólar ahorro
Dólar ahorro hoy con impuestos

Con cada compra, se cobran impuestos sobre la base del dólar oficial. El cobro de los impuestos es inmediato y se realiza simultáneamente con el monto total de la compra y la acreditación de los dólares en la cuenta.

Si el saldo no es suficiente para cubrir los impuestos, no se podrá realizar la adquisición de dólares ahorro.

Se cuenta la percepción de Ganancias en un 100%, percepción Bienes Personales en 25% y el Impuesto PAÍS en un 30%. 

Cuáles son las restricciones para comprar dólar oficial No contar con capacidad económica suficiente para operar en el mercado de cambios, según los parámetros establecidos por la propia entidad con la que se opera. Exceder el cupo mensual de USD 100 por mes para adquisiciones en efectivo, que integra el cupo total mencionado en el punto anterior. Haber solicitado mantener los subsidios en las tarifas de servicios (gas natural, energía eléctrica o agua potable). Haber recibido beneficios ATP (personas con actividad comercial o personas empleadas cuyas empresas lo hayan recibido). Tener en cuenta que, si el empleador/a obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto. Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades. Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o mayor al cupo. Tener en cuenta que al superar el cupo no se podrá acceder a la compra de moneda extranjera hasta que trascurran los meses para compensar el cupo mensual USD 200. Tener refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito, “Refinanciación por Comunicación A6964” o “Refinanciación por Comunicación A7095”. Tener préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación. Haber recibido subsidios IFE (según información suministrada por la ANSES). Haber recibido subsidios del PAMI. Haber sido inhabilitado/a mediante las comunicaciones C del Banco Central, que informan quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado de cambios. Haber realizado operaciones con títulos valores (Comunicación A7001). No tener dado de alta número de CUIT, es decir que no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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