Subsidio de luz y gas: subió el mínimo de ingresos para recibir el beneficio
Con el aumento de la Canasta Básica a casi $500.000, se modificaron los segmentos tarifarios y ahora más familias pueden acceder a los subsidios energéticos
Con la última suba de la Canasta Básica Total (CBT) se elevó automáticamente el tope máximo de ingresos para que los usuarios puedan solicitar los subsidios a las tarifas de luz y gas.
De esta manera, el umbral de ingresos a partir del cual no se puede pedir subsidios a los consumos de servicios públicos trepó por encima de los $1.700.000 mensuales por familia.
Ahora, usuarios que estaban calificados como N1, de “altos ingresos”, pueden calificar para pagar tarifas parcialmente subvencionadas. El RASE, el registro que permite solicitar la ayuda estatal, está abierto y permite nuevas incorporaciones.
El Gobierno estableció un nuevo aumento para la tarifa de electricidad que rige en forma retroactiva para los consumos que tuvieron lugar desde el 1° de febrero y que estará vigente hasta abril. La suba, de más del 100%, afecta solamente a los usuarios de mayores ingresos o a los que renunciaron a subsidios por el hecho de no solicitarlos.
En el caso del gas, todavía no fueron definidos los aumentos y permanecen postergados.
Los cuadros tarifarios del servicio de gas natural serán definidos a partir de abril por una "nueva conceptualización" de los subsidios que, para asegurar su "correcta asignación" serán determinados sobre la base de una Canasta Básica Energética que cubra las necesidades de los usuarios, "con distintos tipos de consumo en las zonas del país".
Cómo quedaron los nuevos segmentos tarifarios
Segmento de ingresos altos (N1): no reciben beneficio
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $2.117.058,82.
Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años. Tener 3 o más inmuebles. Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.Segmento de ingresos medios (N3): pueden solicitarlo
Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $743.697,48 y $1.735.294,11 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
Poseer hasta 2 inmuebles. Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
Segmento de menores ingresos (N2): pueden solicitarlo
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:
Ingresos netos menores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
Poseer hasta 1 inmueble. No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan: Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP. Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
Nuevo aumento del precio de la electricidad
El Gobierno comenzó a aplicar el nuevo esquema tarifario de energía y dispuso la reprogramación de los precios estacionales de verano para los usuarios de altos ingresos comprendidos en el Nivel 1, mientras mantuvo los valores subsidiados para los de ingresos bajos y medios, comprendidos respectivamente en los niveles 2 y 3.
El mantenimiento de los subsidios para los niveles 2 y 3 (en este último caso para los consumos que no excedan los 400 kilovatios hora -kwh- mensuales) se resolvió "para evitar impactos bruscos en los costos del servicio" y continuará "hasta tanto se ponga en vigencia el nuevo sistema de subsidios que considerará la capacidad de pago de cada consumidor", una vez que se oficialice la Canasta Básica Energética.
Por el momento sigue como válida la segmentación determinada en junio de 2022, en base a una serie de consumos y bienes patrimoniales y la referencia de un valor equivalente a 3,5 veces la Canasta Básica Total (CBT) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).