Uruguay aprobó el aumento de la edad jubilatoria de 60 a 65 años
El Senado uruguayo aprobó la Ley de Reforma del Sistema de Seguridad Social que ampara la elevación del piso en la edad para tramitar el retiro laboral. De qué se trata la nueva medida
El Senado de Uruguay aprobó este jueves la Ley de Reforma del Sistema de Seguridad Social, a partir de la cual se establece el aumento de la edad jubilatoria de 60 a 65 años. El presidente del país, Luis Lacalle Pou, calificó la reforma de "urgente y necesaria" y destacó su aprobación como una de las grandes prioridades de su mandato.
La ley fue aprobada por la cámara Alta del Congreso uruguayo por 17 votos sobre un total de 28 senadores y contó con el apoyo de toda la bancada oficialista menos uno y será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Luego de la aprobación de la normativa, el jefe de Estado uruguayo de centroderecha festejó la noticia a través de un video publicado en sus redes sociales bajo la premisa "hay reforma, hay futuro".
Allí alegó que en la actualidad, para pagarle a un jubilado “no alcanza con los aportes de los directamente involucrados a la seguridad social” y que “la relación activo-pasivo fue disminuyendo y generando riesgos”. Además, calificó a la reforma como “urgente y necesaria” debido a “expectativa de vida cada vez más larga y la baja de la tasa de natalidad”.
En otra parte del video, recordó que esta medida formó parte crucial de su promesa de campaña en el 2020: "No podría mirarlos a los ojos después teniendo las mayorías suficientes y la oportunidad de hacer las cosas y haberlo dejado pasar" y señaló que "con tranquilidad digo que hay reforma y estén tranquilos de que hay futuro”.
Reforma previsional en Uruguay: de qué se trata la nueva medida
La normativa prevé la elevación del piso en la edad para tramitar el retiro laboral de 60 a 65 años y comenzará a regir para todas aquellas personas nacidas el 1 de enero de 1973, las cuales se jubilarán a los 61 años en lugar de hacerlo a los 60 como se puede hacer actualmente. Después podrán hacerlo las nacidas en 1974, que podrán retirarse del ámbito laboral a los 62 años y así sucesivamente hasta llegar a 1977 en adelante, que tendrán permitido jubilarse desde sus 65.
Sin embargo, existen dos excepciones establecidas por la Ley para no retirarse a la edad prevista. Primero, aquellas personas que tengan más de 30 años de aportes desde entrada en vigencia de la nueva normativa y a aquellos que alcancen los 40 años totales de trabajo.
Mientras que la otra forma de acceder a una excepción es trabajar en un puesto “particularmente exigente”, como es el caso de los obreros de la construcción y los trabajadores rurales que desempeñen puestos de trabajo que impliquen “un alto grado de esfuerzo físico”.