Estándares internacionales

Cambian las etiquetas de los fitosanitarios por decisión del Senasa

El organismo adecuó la normativa para mejorar la comunicación de riesgos.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó los requisitos de etiquetado de productos fitosanitarios formulados de uso agrícola e incorporó las directrices del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA).

A través de la resolución 373/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, se establecen criterios uniformes y actualizados sobre la información que deben contener los marbetes, con el objetivo de fortalecer la comunicación de riesgos y brindar a productores y aplicadores herramientas más precisas para la correcta utilización de cada producto.

Identificación

En ese sentido, el Senasa indicó en un comunicado que "la  incorporación de pictogramas, palabras de advertencia e indicaciones de peligro permitirá una identificación más ágil y estandarizada de los riesgos asociados, promoviendo decisiones informadas en el manejo y aplicación.

La decisión del organismo apunta a armonizar la regulación nacional con estándares internacionales, con lo que se busca "mejorar la calidad y transparencia de la información disponible para seguir contribuyendo al uso responsable y seguro de los productos fitosanitarios, en resguardo de la salud humana y la producción agrícola".

El detalle de los símbolos aprobados figuran en una serie de anexos de la resolución, clasificados como toxicidad aguda en mamíferos, elementos de corrosión-irritación dermal y peligro agudo para el ambiente acuático.

El etiquetado aprobado por el Senasa

Antecedentes

Senasa citó en los considerandos de la norma una serie de resoluciones previas, entre ellas la 367/2014, por la que se aprobaron las medidas para el etiquetado de los productos fitosanitarios formulados de uso agrícola.

Posteriormente, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo emitió la resolución 801/2015, en la que se aprobó la implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS) en el ámbito laboral.

El año pasado, el Senasa dio a conocer la resolución 458 del 25 de junio, que autorizó el nuevo Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para la autorización de establecimientos y/o de las personas humanas o jurídicas que intervengan en la cadena de elaboración en el mercado local, la importación y/o la exportación de productos fitosanitarios.

Al respecto, fijó un plazo de 90 días, contados a partir de la vigencia de la citada norma, para establecer las nuevas condiciones de etiquetado de los productos fitosanitarios, con la incorporación de la clasificación de los productos mediante la versión del Manual de las Naciones Unidas del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA), y los plazos de adecuación de las etiquetas que hubieran sido aprobadas con otra clasificación.

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