Casación confirmó las condiciones de la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner
La Cámara Federal de Casación Penal mantuvo la tobillera electrónica, las restricciones para las visitas y los límites de uso de la terraza. La decisión se tomó por mayoría, con la disidencia del juez Mariano Borinsky.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes, por mayoría, las condiciones bajo las cuales Cristina Fernández de Kirchner cumple su condena en prisión domiciliaria. La Sala IV resolvió mantener la tobillera electrónica, el régimen restringido de visitas y los límites horarios para utilizar la terraza del departamento donde cumple la pena, ubicado en San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.
La decisión fue adoptada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, mientras que Mariano Borinsky votó en disidencia y propuso dejar sin efecto las tres restricciones.
Cristina Kirchner cumple desde el 17 de junio de 2025 una condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en la causa Vialidad. La sentencia quedó firme una semana antes, cuando la Corte Suprema rechazó el último recurso presentado por su defensa.
Qué había pedido la defensa
Los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy solicitaron revisar las condiciones de detención al sostener que, durante casi un año de prisión domiciliaria, la expresidenta no registró incumplimientos y que el inmueble cuenta con custodia permanente de la Policía Federal.
El planteo incluía tres pedidos concretos:
- Eliminar la autorización judicial previa para recibir visitas.
- Retirar la tobillera electrónica.
- Levantar las restricciones horarias para utilizar la terraza.
Los argumentos de la mayoría
En su voto, Gustavo Hornos sostuvo que la existencia de una condena no priva a una persona de las garantías constitucionales, aunque consideró que las condiciones impuestas forman parte de las facultades de control que corresponden al juez de ejecución y no constituyen una pena adicional.
El camarista rechazó el argumento de que el correcto cumplimiento de las reglas durante el último año justificara una flexibilización automática de las medidas.
"Su estricto cumplimiento es el comportamiento que legítimamente se espera y se exige a una persona que se encuentra cumpliendo una pena de seis años de prisión bajo la modalidad excepcional de prisión domiciliaria", señaló.
Hornos también explicó que el principio de progresividad no implica una reducción automática de los controles porque la prisión domiciliaria ya constituye una modalidad menos gravosa que el alojamiento en una unidad penitenciaria.
Tobillera electrónica y custodia
Respecto del monitoreo electrónico, la mayoría recordó que la Ley 24.660 establece ese mecanismo como regla general para la prisión domiciliaria y que no se acreditaron razones médicas, técnicas o materiales que justificaran retirarlo.
Además, Hornos diferenció el rol de la custodia policial del funcionamiento de la tobillera.
"La custodia protege mientras que la tobillera electrónica asegura el debido cumplimiento de la modalidad de cumplimiento de la pena correspondiente", sostuvo.
Según el magistrado, ambos mecanismos cumplen funciones distintas y uno no reemplaza al otro.
Las restricciones para las visitas
Cuando el Tribunal Oral Federal N.º 2 concedió la prisión domiciliaria, dispuso que Cristina Kirchner debía permanecer en su domicilio y solicitar autorización judicial para recibir personas ajenas a su familia, su defensa, la custodia y el equipo médico.
Ese régimen se endureció en noviembre de 2025 luego de que el tribunal tomara conocimiento de una reunión de nueve personas en el departamento, difundida por la propia expresidenta en la red social X. Desde entonces, las visitas de terceros quedaron limitadas a tres personas por encuentro, durante un máximo de dos horas y hasta dos veces por semana, con autorización judicial previa para cada ingreso.
La mayoría consideró que esas reglas continúan justificadas y no vulneran el principio de igualdad ante la ley.
Qué resolvió sobre la terraza
La Sala IV también confirmó la restricción para utilizar la terraza del edificio.
Actualmente, Cristina Kirchner puede acceder una vez por día entre las 6 y las 20, durante un máximo de dos horas.
Hornos sostuvo que ese esquema garantiza el derecho al esparcimiento y a la actividad física, al tiempo que compatibiliza ese uso con la convivencia entre los vecinos y el carácter común del espacio.
La disidencia de Borinsky
El juez Mariano Borinsky votó en sentido contrario y propuso hacer lugar al planteo de la defensa.
Consideró que las restricciones para las visitas carecen de una base legal específica y afectan los derechos a la intimidad y a la privacidad. También sostuvo que la custodia permanente de la Policía Federal vuelve innecesaria la utilización de la tobillera electrónica y entendió que no existían fundamentos suficientes para limitar el acceso a la terraza.
Borinsky destacó que durante más de un año de prisión domiciliaria no hubo incumplimientos ni incidentes, y señaló que las estadísticas del Consejo de la Magistratura muestran que esas restricciones son excepcionales dentro del régimen de prisión domiciliaria.
Con la mayoría conformada por Hornos y Barroetaveña, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso presentado por la defensa y dejó firmes todas las condiciones bajo las cuales Cristina Kirchner continuará cumpliendo su condena en prisión domiciliaria.