Distribuyen las partidas del Presupuesto 2026 y hay nuevas reglas para asignar cargos públicos
La Decisión Administrativa incorpora al Ministerio de Salud los créditos originalmente asignados a la Andis, disuelta luego de la sanción del Presupuesto
La Jefatura de Gabinete oficializó la distribución de los gastos y recursos establecidos en el Presupuesto 2026, con la incorporación de los créditos originalmente asignados a la disuelta Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) al Ministerio de Salud, una decisión que el presidente Javier Milei tomó después de la sanción de la denominada "ley de leyes".
La distribución de los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes financieras, los cargos y horas de cátedra se especifican en cuatro anexos que acompañan a la Decisión Administrativa 1/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial.
A partir de la reforma constitucional de 1994, la Jefatura de Gabinete es la responsable de "ejecutar la ley de Presupuesto nacional", por lo que es habitual que luego de la sanción de esa ley y la publicación en el Boletín Oficial del correspondiente decreto reglamentario, también se dé a conocer la decisión administrativa (generalmente la primera de cada año) con la distribución de los gastos y recursos con mayor nivel de detalle.
La Constitución le asigna a la Jefatura de Gabinete en su artículo 100 la responsabilidad de "ejecutar la ley de Presupuesto Nacional"
En esta oportunidad, la difusión de la decisión administrativa se demoró más de lo previsto (por lo general se publica en los primeros días de enero) debido a que la ley 27.798 se aprobó sobre el filo de fin de año (el 26 de diciembre) y, además, el texto definitivo rechazó las derogaciones de la Emergencia en Discapacidad y en Financiamiento Universitario, lo que obligó al Poder Ejecutivo a redistribuir el gasto total.
Asimismo, cuatro días después de la sanción de la ley el Gobierno anunció que las funciones de la Andis pasaron al Ministerio de Salud, y en la distribución de la Jefatura de Gabinete se consideran "transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus respectivos cargos y dotaciones vigentes a la fecha, garantizándose la continuidad en la prestación de los servicios brindados"
Los números del Presupuesto
La ley 27.798 establece en su primer artículo que el Presupuesto 2026 "deberá presentar una ejecución con resultado financiero equilibrado o superavitario", es decir con gastos que no podrán ser superiores a los recursos.
El total de gastos autorizados asciende a $148.069.293.526.549 y los recursos totales estimados son de $148.295.762.681.598, con un resultado financiero superavitario de $226.469.155.049.
La tarea del jefe de Gabinete
Si bien en los hechos la elaboración, seguimiento y eventuales modificaciones al Presupuesto son tareas llevadas a cabo por el Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Hacienda y la Subsecretaría específica, la Jefatura de Gabinete tiene el rol asignado por la Constitución de su ejecución.
En ese marco, la decisión admnistrativa le asigna una serie de obligaciones, como la de "establecer la instancia y autoridad competente para disponer la incorporación, homologación, reasignación y derogación de cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (Sinep)" y "formular el cronograma de pagos de las contribuciones al Tesoro Nacional".
"Asimismo, resulta necesario dictar normas relacionadas con el carácter limitativo o indicativo de las partidas del Clasificador por Objeto del Gasto, sobre la ejecución física de los programas y categorías equivalentes, los remanentes de ejercicios anteriores y la delegación de facultades para modificar las cuotas de compromiso y de devengado", se agregó en los considerandos.
El jefe de Gabinete puede determinar las facultades para disponer reestructuraciones presupuestarias en el marco de las competencias asignadas por la ley de Ministerios.
Al respecto, para evitar la dispersión y duplicación de créditos a favor de empresas públicas no financieras en diferentes jurisdicciones de la Administración Central y facilitar la programación financiera y el seguimiento de la ejecución presupuestaria de esos entes se estima conveniente establecer que los créditos con tal destino, se asignen únicamente en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro.