En tres cuotas

El Gobierno activa un plan de retiros voluntarios para personal de Parques Nacionales

En el marco de la motosierra, se busca profundizar la reducción de un plantel que en la Presidencia de Milei se contrajo en un 13%

La Administración de Parques Nacionales (Apnac) aprobó un plan de retiros voluntarios de su personal, con un topes según la edad y a pagar en tres cuotas, con el objeto de continuar con la reducción del plantel de empleados de la entidad, que en lo que va de la Presidencia de Javier Milei pasó de 2.290 a 1.985 agentes.

El plan de retiros voluntarios se extenderá por 30 días corridos y aún resta que la Dirección de Recursos Humanos de la APnac determine la fecha de apertura y otras modalidades relacionadas con su implementación operativa, de acuerdo con lo dispuesto por el Directorio de la Administración en la resolución 191/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Reducir el gasto

La medida se enmarca en la necesidad del Gobierno de profundizar la reducción del gasto para asegurar el superávit fiscal, en un contexto en el que los ingresos tributarios registran caídas interanuales por nueve meses consecutivos.

Con una inflación que desbordó las expectativas originales del un 10,1% para todo el año, según los cálculos en base a los que se elaboró la ley de Presupuesto, hubo un incremento de gran parte del gasto sujeto a mecanismos indexatorios, principalmente jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares, por lo que el Ministerio de Economía busca avanzar con recortes en otras áreas.

Al respecto, la APnac destacó en los fundamentos de la medida que el Poder Ejecutivo "impulsa una política de desregulación económica y reforma del Estado, que conlleva, entre otros aspectos, el establecimiento de medidas orientadas a la simplificación y reducción del Estado".

Para ello, una de las medidas elegidas es "el desarrollo de planes y programas tendientes a fomentar un adecuado y racional nivel de dotación en el ámbito de la Administración Pública Nacional, mediante la implementación de sistemas de retiros voluntarios u otras formas de desvinculación de carácter voluntario".

Los requisitos del plan

Podrán acogerse al plan de retiros voluntarios quienes tengan hasta 64 años de edad o bien 65 o más y no reunir los años de servicios requeridos para acceder a la jubilación, ni encontrarse en condiciones de reunirlos dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de adhesión al régimen.

No estarán habilitados quienes estuviesen pendientes de ejecución alguna medida disciplinaria que pueda constituir una causal de cesantía o exoneración; hubieren iniciado denuncia, recurso, reclamo o cualquier tipo de planteo administrativo o acción judicial contra cualquier área del Estado nacional.

Tampoco quines tengan acordado un beneficio previsional o iniciado el trámite con anterioridad a la fecha de entrada del plan; hubieren presentado su renuncia pendiente de aceptación; o quienes revistan en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

Renuncia a la tutela sindical

El personal que quiera adherirse al retiro voluntario y ostente mandato sindical, deberá presentar su renuncia como delegado de personal ante el sindicato involucrado y acreditarla ante la Dirección General de Recursos Humanos.

El personal que acceda al  retiro no podrá volver a ser incorporado o continuar prestando servicios bajo ninguna modalidad de empleo o contratación de servicios u obra en el Sector Público Nacional, por el término de 5 años contados a partir de su baja, salvo en el desempeño de cargos docentes en Universidades Nacionales.

Los montos de la gratificación

La Apnac detalló los montos y modalidades de pago de la gratificación resultante del retiro, según eddad y antigüedad.

. Hasta 60 años inclusive: por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses en la Planta Permanente, recibirá una gratificación extraordinaria única de egreso tomando como base de cálculo el 90% de su remuneración bruta, mensual, normal, regular, habitual y permanente, sin conceptos extraordinarios o que no estén afectados por aportes previsionales.

. A partir de los 61 años: la base de cálculo se reduce al 85%

. El 35% de la gratificación extraordinaria se abonará en una única cuota dentro de los quince días corridos del acto administrativo.

. El 65% restante, se pagará a partir de los 30 días corridos del pago inicial, en 2 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

A más edad, menos sueldos

. Hasta los 60 años inclusive, el trabajador percibirá el monto total resultante del cálculo establecido.

. Desde los 61 años hasta los 63 inclusive, el monto tendrá un límite máximo equivalente a 24 haberes brutos.

. A partir de los 64 años, el monto tendrá un límite máximo equivalente a 12 haberes brutos.

 Por último, ser aclara que la presentación de la solicitud de adhesión "no otorga al peticionante derecho subjetivo alguno a su otorgamiento", que será una "facultad exclusiva y discrecional" de la APnac "en función de razones de servicio, criticidad del área, necesidades operativas y/o su incidencia en el normal funcionamiento del organismo".

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