Reforma laboral

Empleos "en negro": ARCA explicó cómo es el nuevo plan de quita de deuda y pago en cuotas para empresarios

ARCA oficializó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), que estableció los requisitos y plazos para que los empleadores del sector privado regularicen situaciones de trabajadores no registrados

 La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el nuevo Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una herramienta destinada a facilitar la regularización de trabajadores no registrados o registrados de manera deficiente mediante importantes beneficios fiscales para los empleadores.

La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5862/2026 y establece un esquema de condonación de deudas y planes de financiación que busca incentivar la formalización laboral en el sector privado.

Qué relaciones laborales se pueden regularizar

El régimen alcanza a los vínculos laborales iniciados hasta el 5 de marzo de 2026 inclusive y que continúen vigentes al momento de la adhesión.

Podrán incorporarse tanto trabajadores que nunca fueron registrados como aquellos cuyos datos fueron declarados de manera incorrecta, ya sea por una fecha de ingreso posterior a la real o por remuneraciones inferiores a las efectivamente percibidas.

Los empleadores tendrán plazo hasta el 28 de noviembre de 2026 para adherirse al programa y regularizar la situación de su personal.

Qué deudas podrán ser condonadas

Uno de los principales beneficios del PER es la reducción de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social.

Los porcentajes de condonación varían según el tamaño de la empresa:

Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro: 90% de condonación.Medianas empresas tramo 1 y 2: 80% de condonación.Grandes empresas y demás empleadores: 70% de condonación.

Además, ARCA otorgará una condonación total del 100% sobre las deudas vinculadas al Seguro de Salud, la Ley de Riesgos del Trabajo (ART) y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.

Opciones para cancelar la deuda restante

Una vez aplicada la quita correspondiente, los empleadores podrán elegir entre dos modalidades de pago.

La primera es el pago al contado, que otorga una reducción adicional del 50% sobre el saldo pendiente.

La segunda opción consiste en adherirse a planes de facilidades de pago con una tasa de financiación del 1% mensual.

Las condiciones serán las siguientes:

Micro y pequeñas empresas: hasta 72 cuotas con un anticipo del 3%.Medianas empresas: hasta 48 cuotas con un anticipo del 4%.Grandes empresas: hasta 36 cuotas con un anticipo del 5%.

En todos los casos, tanto el pago a cuenta como las cuotas tendrán un monto mínimo de $50.000.

Cómo realizar el trámite

La adhesión deberá efectuarse mediante el servicio "Simplificación Registral" disponible con Clave Fiscal. Para la rectificación de remuneraciones o datos laborales también se utilizarán los sistemas habilitados por ARCA para la presentación de declaraciones de seguridad social.

Según informó el organismo, las herramientas informáticas específicas estarán completamente operativas desde el 16 de junio de 2026.

Quiénes quedan excluidos

El régimen no alcanza a las relaciones laborales correspondientes al sector público nacional, provincial o municipal.

Tampoco podrán adherirse aquellos empleadores que ya hayan regularizado a sus trabajadores mediante los mecanismos previstos anteriormente en la Ley de Bases.

Con esta iniciativa, el Gobierno busca fomentar la formalización del empleo, ampliar la base de aportantes al sistema previsional y brindar una vía de regularización para empresas que mantienen deudas vinculadas a trabajadores no registrados.

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