Las equiparan con los bancos

Extienden la exención del impuesto al cheque a empresas de pago electrónico, fintech y cripto

La medida atiende el reclamo de ambas actividades y busca adecuarse a los cambios tecnológicos desde la creación del tributo en 2001

El Gobierno extendió a plataformas de pagos electrónicos y  los sectores fintech y cripto las exenciones al impuesto al Cheque o a los Débitos y Créditos que rigen para las entidades bancarias desde la creación del gravamen hace un cuarto de siglo.

La medida apunta a equiparar el tratamiento impositivo, luego de varios reclamos de las empresas involucradas, y se plasmó en el decreto 475/2026, publicado esta en el Boletín Oficial.

En los considerandos del decreto se señala que se busca "adecuar la normativa aplicable a ciertos actores en atención a los adelantos tecnológicos acaecidos con el consecuente nuevo marco regulatorio que les resulta aplicable".

Se pretende "equiparar las condiciones de aquellos sujetos que, llevando adelante actividades de similares características, gozan de un tratamiento diferente en el gravamen".

Qué operaciones incluye

La norma especifica que las cuentas exclusivas de empresas de servicios electrónicos de pagos y cobranzas (como el pago de facturas de servicios e impuestos) quedan exentas.

Esto incluye los movimientos para el depósito o entrega de efectivo y alcanza también a sus agentes oficiales y a quienes actúen como agencias complementarias de servicios financieros.

Se incluyen a las empresas cripto, siempre que los proveedores estén inscriptos en el Registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y en el registro correspondiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Se eximen los débitos originarios en préstamos bancarios para financiar la actividad de tarjetas de crédito y débito, así como los movimientos generados por la emisión y cancelación de obligaciones negociables destinadas al mismo fin.

Alcanza a las cuentas que las transportadoras de caudales utilizan para rendir a sus clientes el dinero en efectivo recaudado, siempre que figuren en el registro administrado por el Banco Central.

Un impuesto creado por quien lo había eliminado

La nueva medida modifica parte del decreto 380/2001, una de las primeras medidas impulsadas por el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo, en su segunda gestión al frente del Palacio de Hacienda, en la Presidencia de Fernando de la Rúa.

Paradójicamente, había sido el mismo Cavallo el que derogó un gravamen similar en 1991, por considerarlo "distorsivo".

El consenso de los tributaristas también caracteriza al impuesto al Cheque de esa manera y se insta permanentemente a su derogación.

El presidente Javier Milei manifestó en diferentes ocasiones su intención de avanzar en ese sentido, una vez que finalice con la eliminación de los derechos de exportación y coordine con las provincias la supresión de Ingresos Brutos, o al menos la disminución de sus alícuotas. 

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