La Corte Suprema ordenó investigar a Jorge Macri por lavado de activos
El tribunal revocó el sobreseimiento dictado en tres instancias y dispuso que Casación vuelva a analizar los planteos del fiscal sobre la compra de un departamento en Miami en 2011.
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el sobreseimiento de Jorge Macri en una causa por presunto lavado de activos vinculada a la compra de un departamento en Miami y ordenó que la Cámara Federal de Casación Penal dicte un nuevo fallo que trate los cuestionamientos del Ministerio Público Fiscal.
La decisión no implica una condena ni un procesamiento, pero reabre el expediente que había sido cerrado por inexistencia de delito tras resoluciones coincidentes del Juzgado Federal de San Isidro, la Cámara Federal de San Martín y la propia Casación.
El alcance del fallo
La mayoría del tribunal sostuvo que el cierre del caso resultó prematuro, ya que no se habían analizado de manera suficiente los argumentos del fiscal sobre el origen de los fondos utilizados en la operación inmobiliaria.
El fallo fue firmado por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti junto con los conjueces Pablo Candisano Mera, presidente de la Cámara Federal de Bahía Blanca, y Abel Sánchez Torres, presidente de la Cámara Federal de Córdoba.
La intervención de conjueces se originó en la disidencia previa de Carlos Rosenkrantz, lo que obligó a integrar el tribunal mediante el mecanismo legal de sorteo entre presidentes de cámaras federales.
Para la mayoría, la sentencia de Casación que había confirmado el sobreseimiento "no constituye una derivación razonada del derecho vigente conforme a las constancias de la causa", ya que omitió tratar objeciones relevantes de la fiscalía. El máximo tribunal entendió que esos planteos no podían descartarse sin revisión judicial.
La investigación que se inició en 2016
El expediente se abrió por impulso de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) para analizar la adquisición, en abril de 2011, de un departamento en Miami por USD 402.963,62 a través de la sociedad ICON UNIT 1704 LLC, constituida un mes antes por Jorge Macri y su entonces esposa con un capital inicial de USD 10.000.
Según la documentación presentada, la compra se financió mediante dos préstamos: uno del BAC Florida Bank por USD 219.000 y otro de la firma uruguaya Fawsley S.A. por USD 184.000.
Informes de la entonces AFIP y un peritaje del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales habían concluido que los créditos estaban documentados y que el grupo familiar poseía capacidad patrimonial suficiente, elementos que sirvieron de base para dictar el sobreseimiento en 2019.
Qué cuestionó la fiscalía
El Ministerio Público Fiscal sostuvo, desde la primera instancia, que la investigación no estaba agotada. Según su postura, el préstamo atribuido a Fawsley S.A. "no existió y se trató de un acto simulado", lo que generaba dudas sobre la procedencia real del dinero.
Entre los puntos señalados, los fiscales mencionaron que el crédito se habría otorgado sin garantías relevantes, sin antecedentes financieros verificables y sin constancia clara de cancelación. También remarcaron que la firma acreedora cedió luego ese supuesto crédito a la sociedad panameña Cometas Company Inc., vinculada a un familiar del propio Macri.
En esa misma línea, se destacó que el inmueble fue vendido menos de un año después por USD 502.630, aproximadamente un 25% por encima del precio de compra, operación que la fiscalía consideró un elemento a analizar dentro del circuito financiero investigado.
Para la Corte, esos cuestionamientos debían ser analizados por la Cámara de Casación antes de cerrar el caso, sin que ello implique adelantar opinión sobre su validez.
El voto en disidencia
Carlos Rosenkrantz votó en contra de reabrir el caso. Señaló que la Corte no debe revisar cuestiones de hecho y prueba salvo situaciones de arbitrariedad manifiesta y recordó que tres instancias judiciales habían validado el sobreseimiento.
El magistrado recordó que, por jurisprudencia del tribunal, la Corte no revisa cuestiones de hecho y prueba salvo que se demuestre arbitrariedad, algo que -a su criterio- el fiscal no logró acreditar en este caso.
Qué ocurre ahora
La Corte no definió si hubo o no delito. Dejó sin efecto la decisión de Casación y le ordenó que dicte un nuevo fallo en el que responda los cuestionamientos del fiscal. Hasta que eso ocurra, el sobreseimiento queda sin efecto y el expediente continúa abierto.