La Justicia rechazó la cautelar de la CGT contra la reforma laboral impulsada por el Gobierno
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 desestimó el pedido de la central sindical para suspender artículos vinculados al traspaso de la justicia laboral a la órbita de la Ciudad.
La Justicia rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, en un primer revés judicial para la estrategia sindical que busca frenar la aplicación de la ley aprobada en el Congreso.
La decisión fue tomada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, que desestimó el pedido de la central obrera para suspender de forma inmediata los artículos 90 y 91 de la norma, vinculados al traspaso de la justicia laboral nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
La CGT había presentado el 6 de marzo una acción de amparo contra el Estado nacional, en la que solicitó la declaración de nulidad e invalidez constitucional de esos artículos de la ley de modernización laboral, sancionada durante las sesiones extraordinarias del Congreso y publicada en el Boletín Oficial ese mismo día.
Reforma laboral: qué dice el fallo de la Justicia
En su presentación judicial, la central sindical también solicitó una medida cautelar "innovativa" para suspender la aplicación de los artículos cuestionados hasta que se resolviera el fondo del expediente.
Según argumentó la organización sindical, el traslado de competencias a la justicia porteña implicaría en la práctica la eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo, además de generar dificultades para revertir la situación en el futuro si la ley fuera declarada inconstitucional.
El reclamo forma parte de una estrategia judicial más amplia del sindicalismo para cuestionar la reforma laboral impulsada por el Gobierno. Desde la CGT sostienen que el traspaso del fuero laboral podría provocar un colapso en el sistema judicial, además de afectar miles de causas en trámite y a los empleados judiciales que actualmente trabajan en ese ámbito.
El magistrado consideró que no correspondía dictar la cautelar solicitada en esta etapa del proceso, por lo que la normativa seguirá vigente mientras continúa el trámite de la causa y hasta que exista una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados.
Reforma laboral: los principales cambios de la normativa
La ley de modernización laboral introduce modificaciones en la jornada de trabajo, los aportes sindicales, las indemnizaciones, los mecanismos de registración laboral y el régimen de huelga.
Entre los puntos principales, la normativa habilita jornadas de hasta 12 horas diarias mediante acuerdos escritos, crea un sistema de banco de horas para compensar horas extra con descansos, y establece la digitalización obligatoria de los libros laborales con validez legal por diez años.
La jornada laboral podrá extenderse hasta 12 horas con acuerdo entre empleador y trabajador. Se crea un banco de horas para compensar horas extra con días de descanso. La ley establece la digitalización obligatoria de los libros laborales durante 10 años. La indemnización por despido se calculará solo sobre la remuneración mensual normal y habitual. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para cubrir costos de desvinculación. En servicios esenciales deberá garantizarse el 75% del personal durante huelgas.
También incorpora la figura del "salario dinámico", que permite vincular la remuneración con criterios de desempeño o mérito individual establecidos en convenios colectivos.
En materia de aportes patronales y sindicales, la reforma fija que los aportes empresariales a cámaras no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y pasarán a ser voluntarios desde 2028, mientras que los aportes sindicales no podrán exceder el 2% del salario.
La resolución judicial representa el primer revés para la ofensiva legal del sindicalismo contra la reforma laboral. Mientras el expediente continúa su trámite, la ley seguirá vigente y aplicándose en todo el país hasta que haya una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados.