Le depositaron $4.000.000 por error y se compró un terreno: qué decidió la Justicia
Le depositaron dinero por una confusión en el nombre. La Justicia tomó una decisión con respecto a su sueldo
Un error administrativo en el Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo de Neuquén (IPVU) terminó en los tribunales y derivó en una condena civil. La Justicia ordenó a una empleada pública devolver cuatro millones de pesos que recibió por equivocación en su cuenta sueldo, tras considerar que existió enriquecimiento sin causa luego de que la trabajadora utilizara parte del dinero transferido por error.
El caso se originó en la Dirección de Tesorería del organismo, donde una transferencia fue enviada a la cuenta equivocada debido a una coincidencia de apellidos entre la agente y el verdadero destinatario del pago. Lo que inicialmente podía resolverse con una simple devolución voluntaria se transformó en un conflicto judicial cuando la mujer fue consultada por el depósito y respondió que desconocía el origen del dinero, postergando cualquier explicación.
Con el paso de los días, la empleada sostuvo que había supuesto que el monto correspondía al pago de un juicio ganado y afirmó que ya había utilizado el dinero para comprar un terreno.
El expediente quedó en manos del juez Martín Peliquero, quien analizó el caso en el fuero civil. En su resolución concluyó que el depósito generó un empobrecimiento involuntario del IPVU y un incremento patrimonial injustificado de la trabajadora.
El magistrado fue categórico al señalar que no existía ninguna causa jurídica que habilitara a la mujer a disponer de los fondos. Por ese motivo encuadró el episodio dentro de la figura de enriquecimiento sin causa, contemplada en los artículos 1794 y 1795 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Aunque la causa penal tuvo otro desenlace, el frente civil avanzó. En el fuero penal la agente fue sobreseída por la extinción de la acción, luego de pagar una multa mínima por expropiación de cosa ajena. Sin embargo, ese cierre no impidió que la Justicia analizara el daño patrimonial al organismo público.
Para dictar sentencia, el juez consideró que varios hechos clave no fueron controvertidos durante el proceso:
La transferencia millonaria realizada por error.
El conocimiento inmediato de la trabajadora sobre la equivocación.
Su negativa inicial a devolver el dinero.
Los movimientos bancarios posteriores que efectuó con los fondos.
La defensa y el reclamo por intereses
La defensa de la empleada sostuvo que no existió dolo ni intención de apropiarse indebidamente del dinero. Argumentó además que la imposibilidad de reintegrarlo de inmediato estuvo vinculada con su delicada situación económica y con su posterior exoneración del cargo.
A pesar de esos planteos, la sentencia reafirmó que la devolución del capital es obligatoria. La demandada solicitó que se reduzcan los intereses aplicados y que se tengan en cuenta retenciones que ya fueron descontadas de sus haberes en instancias anteriores.