Unifican las tarifas del gasoducto Perito Moreno para todos los contratos
La medida pone fin a una regulación de 2002, en el marco de la pesificación asimétrica dispuesta en la ley de Emergencia de ese año.
El Gobierno dispuso la unificación de las tarifas de la capacidad de transporte del Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno para los cargadores, dejando sin efecto el tratamiento excepcional establecido en 2002, en el marco de la pesificación asimétrica establecida en la Emergencia Económica de ese año.
La medida se implementó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 580/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, en el que se señala que el precio de la capacidad de base será fijado por el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Enrege), tomando como referencia el precio adjudicado.
El ente tambiénpodrá establecer un "escalonamiento entre los valores vigentes y el precio unificado" a fin de "evitar variaciones significativas".
Asimetrías del 2002
El decreto deroga otro DNU, el 689/2002, del entonces presidente Eduardo Duhalde, que excluyó del alcance de la Emergencia Pública y de la reforma del régimen de cambios a las tarifas del transporte de gas natural mediante el empleo de gasoductos, así como los contratos para el servicio de transporte y de compraventa de gas cuyo precio hubiera sido originalmente pactado en moneda extranjera.
Ese tratamiento excepcional "respondió a circunstancias particulares derivadas del citado régimen de emergencia pública y pesificación de obligaciones vigente al momento de su dictado, las cuales se encuentran actualmente superadas", indicó el Gobierno en los considerandos del DNU.
"En consecuencia, el mantenimiento de dicho régimen diferencial respecto de determinados contratos vinculados a las exportaciones de gas natural carece de justificación en el marco regulatorio vigente y genera distorsiones en los precios y tarifas a pagar por parte de los cargadores del sistema de transporte", añadió.
Adecuación a las normas vigentes
Luego de la emergencia energética establecida en el DNU 55/2023, hubo una serie de normas, entre las que el Gobierno destacó la "Reconfiguración del Sistema de Transporte de Gas Natural", cuya entrada en vigencia operó el 1° de mayo, así como el decreto 1060/2024, que dispuso que "todos los cargadores del ducto contarán con un precio unificado".
Ese precio, aclaró, "será el promedio entre el precio existente para la capacidad actualmente contratada y el nuevo precio de la capacidad incremental, ponderado por los volúmenes correspondientes en cada caso".
"Corresponde adecuar el marco normativo aplicable a las exportaciones de hidrocarburos, con el fin de dotarlo de mayor coherencia con el esquema regulatorio vigente", concluyó el Gobierno, que fundamentó el dictado de un DNU en "la necesidad de implementar en forma inmediata la Reconfiguración del Sistema de Transporte de Gas dispuesta en el marco de la actual emergencia energética".