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BAJAS en el ex plan POTENCIAR TRABAJO: lo que hay que saber

Capital Humano avanza con los nuevos programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social. Mirá cómo hacer para cobrar y cuándo es el pago de junio

El Ministerio de Capital Humano eliminó el plan Potenciar Trabajo y lo reemplazó por los nuevos programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social. 

Las personas que cobraban el viejo programa podrán seguir cobrando automáticamente, pero deberán cumplir algunos requisitos. 

Por otra parte, la cartera que dirige Sandra Pettovello confirmó el calendario de pagos de julio para beneficiarios del ex Potenciar.

 

Bajas del Potenciar Trabajo

Durante fines del 2023 y el primer trimestre del 2024, el Gobierno nacional dio de baja a beneficiarios del Potenciar Trabajo que no cumplían con los requisitos o presentaban incompatibilidades para cobrar el plan. 

Suspendieron a 58.175 personas de diciembre a marzo. En la provincia de Buenos Aires, se dio la mayor cantidad de bajas registradas que alcanzó a 29.974 personas. En segundo lugar, se ubicó la Ciudad de Buenos Aires con 5653 y luego Tucumán, con 2157.

El Ministerio de Capital Humano detalló todas las razones por las que te pueden dar de baja del programa. 

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Requisitos de Volver al Trabajo y Acompañamiento Social

Desde abril rigen los nuevos programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social que reemplazaron al Potenciar Trabajo. 

Volver al Trabajo está dirigido a personas de 18 a 49 y Acompañamiento Social para quienes superan los 50. Es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE) y otras prestaciones de Anses.

Todas las personas que recibían el Potenciar seguirán cobrando automáticamente las nuevas asistencias, a no ser que incumplan los requisitos.

No podrán cobrar quienes:

  • Sean prófugos de la justicia penal y/o correccional nacional, provincial o federal.
  • Se encuentren registradas como empleadoras en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Sean titulares de más de UN (1) bien inmueble.
  • Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a DIEZ (10) años.
  • Perciban jubilaciones y pensiones contributivas y no contributivas.
  • Perciban prestación o subsidio por desempleo.
  • Posean un empleo formal bajo relación de dependencia, salvo los contemplados en las compatibilidades.
  • Sean trabajadores independientes registrados, salvo los inscriptos en el Monotributo Social o Monotributo categoría A.
  • Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que, por sus características —y a criterio de la Autoridad de Aplicación— sean consistentes con ingresos mayores a los previstos en las compatibilidades establecidas.

Además, el Gobierno dará de baja el programa en estas situaciones:

  • Será dado de baja el que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros movilizarse libremente por la vía pública será eliminado del programa en forma inmediata procediéndose a suspender el pago del beneficio.
  • Incurrir en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes.
  • Fallecimiento del titular.
  • Por renuncia expresa del titular.
  • Por falsedad de las declaraciones juradas debidamente constatada.
  • Por incurrir en alguna causal de las incompatibilidades previstas. 
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