TRANSFERENCIAS

Cuál es el límite para transferir desde billeteras virtuales, según la exAFIP

Si te pasas de los montos establecidos por ARCA, te puede llegar una notificación del organismo para justificar los movimientos

Realizar transferencias entre cuentas propias puede parecer una operación sencilla, pero es fundamental cumplir con las normativas fiscales para evitar inspecciones o requerimientos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA). 

En la mayoría de los casos, y según lo establecido por el organismo público, se tiene en cuenta el número de transacciones que se realiza durante el lapso de un mes. Sin embargo, si una persona realiza muchas operaciones en mismo día, ARCA puede solicitar información sobre el perfil del cliente.

 

Límites en billeteras virtuales

A partir de noviembre de 2024, los usuarios de billeteras virtuales o cuentas bancarias que acumulen más de $400.000 en movimientos de ingresos o egresos o un saldo mensual igual o superior a $700.000 pueden ser objeto de inspecciones por parte de la ARCA.

Si las operaciones incluyen moneda extranjera, criptomonedas o activos digitales, debe realizarse una conversión a moneda local, de acuerdo con la normativa vigente. Las billeteras virtuales están obligadas a reportar transacciones que superen estos montos, según la Resolución General N° 4298 (2018), orientada a garantizar la transparencia del sistema financiero.

 

Cómo actúa ARCA ante irregularidades

Cuando se detectan movimientos sospechosos, la ARCA sigue un proceso que incluye:

  • Solicitar documentación que respalde la legalidad de los fondos (recibos de sueldo, facturación, constancias fiscales).
  • Evaluar la información presentada por el contribuyente.
  • Tomar medidas en caso de no justificarse los movimientos, como el cierre de cuentas o la emisión de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
  • Mantenerse informado sobre las normativas vigentes y actuar con transparencia puede prevenir inconvenientes fiscales y garantizar la legalidad de las operaciones financieras.

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