Descongelamiento de alquileres: Plazos y fechas para regularizar deudas
Tras la negativa de continuar con la extensión del DNU que habilitó la suspensión de aumentos y desalojos, ¿hasta cuándo se pueden saldar los montos acumulados en la pandemia?
El ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi, confirmó este martes que no habrá una nueva extensión del congelamiento de alquileres y suspensión de desalojos sino que se hará uso de las herramientas que generó la nueva Ley de Alquileres, por lo que los propietarios podrán aplicar desde abril los aumentos y cobrar los saldos remanentes a sus inquilinos.
"La Ley de Alquileres se reglamentó y los desalojos tienen que pasar por el Ministerio de Justicia para mediación, ya no va a haber extensión del DNU", explicó el funcionario en diálogo con la agencia Télam, en referencia a la medida adoptada por el Gobierno nacional durante los meses de pandemia.
De esta forma la normativa finaliza el próximo 31 de marzo, y a partir de ese momento los inquilinos que tuvieron dificultades durante la pandemia para cumplir con los contratos deberán comenzar a pagar en cuotas la diferencia acumulada.
Los inquilinos que durante los meses de la vigencia del decreto no abonaron los alquileres deberán pagar las diferencias acumuladas entre ese monto y el que correspondía pagar a partir de abril.
La diferencia podrá ser abonada en montos mensuales, iguales y consecutivas:
- tres como mínimo o 12 como máximo
- Además los propietarios podrán aplicarse intereses compensatorios, pero no podrán cobrar intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.
- En tanto, las obligaciones asumidas por los garantes también permanecen vigentes hasta la total cancelación de las obligaciones del contrato.
- Com.Ven.Var. %

