El 23 de octubre, el Gobierno entrega un bono de $10.000 a personas sin trabajo: quiénes acceden
El pago del bono para personas sin trabajo se realizará a través de Anses y se entrega a través de un calendario de pagos dispuesto por el organismo
El Gobierno dio un paso significativo en el apoyo a las personas que se encuentran desempleadas y reciben la Prestación por Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). A través de la Resolución 1209/2023, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la Ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Raquel "Kelly" Olmos, se anunció la entrega de un bono especial de $20.000.
Este bono se otorgará en dos cuotas de $10.000 cada una, correspondientes a los meses de septiembre y octubre. Es importante tener en cuenta que si un trabajador tiene derecho a recibir la Prestación por Desempleo solo en uno de los meses, se le entregará únicamente la cuota correspondiente a ese mes, es decir, $10.000.
Además de esta medida, el Ministro de Economía, Sergio Massa, y la Directora de ANSES, Fernanda Raverta, anunció un refuerzo similar al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) destinado a los trabajadores informales. El objetivo es mantener los niveles de ingresos y estimular el consumo en un contexto económico desafiante.
El 23 de octubre, el Gobierno entrega un bono de $10.000 a personas sin trabajo: quiénes acceden
La Prestación por Desempleo de ANSES está dirigida a aquellos trabajadores que, habiendo laborado en relación de dependencia, fueron despedidos sin justa causa, debido a la finalización de un contrato o por causas ajenas al trabajador.
Los requisitos para acceder a esta prestación varían según la situación específica:
- Despido sin justa causa: Presentar un telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido debido a quiebra o concurso preventivo de la empresa: Presentar una nota del síndico/a que certifique la disolución del contrato laboral, la sentencia de quiebra autenticada por el juzgado, el telegrama de la empresa notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: Se debe presentar un telegrama de intimación y un telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: Se solicita una copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: Presentar una copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento del cese en el último empleo: Se requiere un certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a la situación de salud.
Los montos de la Prestación por Desempleo correspondientes a septiembre de 2023 varían entre un mínimo de $32.771 y un máximo de $54.628.
Para acceder al bono destinado a beneficiarios de la Prestación por Desempleo, es necesario estar percibiendo la prestación.
Si no solicitaste la prestación de Anses y cumplís con todos los requisitos, se puede solicitar un turno a través del sitio web de ANSES para tramitar la Prestación por Desempleo en una oficina de ANSES o solicitar el plan de manera virtual mediante la Atención Virtual o en Mi ANSES en anses.gob.ar, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social en el sitio web del organismo.
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