BAJAS

El Gobierno confirmó las razones por las que eliminan a titulares del nuevo Potenciar Trabajo

A través del Ministerio de Capital Humano, el Gobierno confirmó los requisitos y causas de egresos para los titulares del ex Potenciar Trabajo. Conocé los detalles

El Ministerio de Capital Humano confirmó todos los requisitos, obligaciones y causas de egresos del nuevo programa que reemplaza al Potenciar Trabajo, "Volver al Trabajo".

El objetivo principal del programa Volver al Trabajo es desarrollar y fortalecer las competencias sociolaborales de sus beneficiarios, con el fin de facilitarles el acceso a oportunidades laborales reales y mejorar sus posibilidades de inserción en el mercado laboral.

 

 

 

Para lograr este objetivo, el programa implica la participación de los beneficiarios en actividades de formación laboral, prácticas formativas en entornos de trabajo y apoyo al desarrollo de emprendimientos productivos, ya sea de manera individual o asociativa.

Las personas elegibles para acceder al nuevo programa Volver al Trabajo son aquellos ex titulares del Potenciar que se encuentren en el rango de edad de 18 a 48 años. Además, es necesario que se registren en el portal de empleo: https://www.portalempleo.gob.ar/ para continuar accediendo a la prestación y participar en las actividades del programa.

Volver al Trabajo: motivos de bajas

No accederán al programa por incompatibilidades los que: 

  • Sean prófugos de la justicia penal y/o correccional nacional, provincial o federal.
  • Se encuentren registradas como empleadoras en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Sean titulares de más de UN (1) bien inmueble.
  • Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a DIEZ (10) años.
  • Perciban jubilaciones y pensiones contributivas y no contributivas.
  • Perciban prestación o subsidio por desempleo.
  • Posean un empleo formal bajo relación de dependencia, salvo los contemplados en las compatibilidades.
  • Sean trabajadores independientes registrados, salvo los inscriptos en el Monotributo Social o Monotributo categoría A.
  • Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que, por sus características —y a criterio de la Autoridad de Aplicación— sean consistentes con ingresos mayores a los previstos en las compatibilidades establecidas.
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Nuevo programa Volver al Trabajo

Causales de eliminación del programa:

  • El que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros movilizarse libremente por la vía pública será egresado del programa en forma inmediata procediéndose a suspender el pago del beneficio.
  • Incurrir en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes.
  • Fallecimiento del titular.
  • Por renuncia expresa del titular.
  • Por falsedad de las declaraciones juradas debidamente constatada.
  • Por incurrir en alguna causal de las incompatibilidades previstas.
¿Cuáles son los requisitos y obligaciones?

Las personas beneficiarias del programa tendrán las siguientes obligaciones generales:

  • Mantener actualizada su información personal, vías de contacto e historia laboral en el Portal Empleo.
  • Participar por solicitud personal o por convocatoria de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en alguna de las prestaciones ofrecidas por el programa.
  • Cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa correspondiente a cada una de las prestaciones.
  • Brindar toda documentación o información que les sea requerida vinculada con su participación en el presente programa.
  • Comunicar de inmediato cualquier novedad referida al incurrimiento en alguno de los supuestos de incompatibilidad.
  • Reintegrar las asignaciones dinerarias que indebidamente hubieran percibido.

Las acciones de supervisión y evaluación del programa serán realizadas por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a fin de orientar la identificación de necesidades de ajustes y adecuación para la planificación de las prestaciones.

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