Nuevas expulsiones del Potenciar Trabajo: quiénes no cobran en julio
Los titulares del ex Potenciar Trabajo, deben cumplir con ciertos requisitos para no ser expulsados de los nuevos programas: Acompañamiento Social y Volver al Trabajo
El Ministerio de Capital Humano pagó en junio los dos nuevos programas del ex Potenciar Trabajo, Acompañamiento Social y Volver al Trabajo. Las personas que no cumplan con los requisitos serán expulsadas del plan y no podrán cobrar en julio.
Por otro lado, se confirmó que no se entregará un aguinaldo o bono a mitad de año para este grupo de beneficiarios. El monto a cobrar en julio será de $78.000 sin modificaciones.
En tanto, los titulares de Volver al Trabajo deben registrarse en el portal empleo: https://www.portalempleo.gob.ar/ y quienes forman parte de Acompañamiento Social deben tener actualizados los datos en la app Mi Argentina: https://www.argentina.gob.ar/miargentina.
Nuevas expulsiones del Potenciar Trabajo: quiénes no cobran en julio
Las personas que quedarán expulsadas de los nuevos programas del ex Potenciar Trabajo son las que dejen de cumplir con los siguientes requisitos:
Acompañamiento Social: requisitosRequisitos
Compatibilidades
El Programa de Acompañamiento Social es compatible con:
- la Asignación Universal por Hijo;
- la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social;
- prestaciones económicas, habitacionales o de protección familiar otorgadas por el Estado;
- prestaciones alimentarias;
- el monotributo social o monotributo categoría A y B;
- el trabajo en casas particulares;
- el trabajo contratado en forma temporaria o trabajo permanente discontinuo;
- el trabajo rural, temporario o estacional;
- el trabajo contratado en el “Programa Puente de Empleo”;
- un empleo formal registrado bajo relación de dependencia con una remuneración bruta mensual inferior al valor de 1 Salario Mínimo, Vital y Móvil.
El Programa de Acompañamiento Social es incompatible con:
- ser prófugo de la justicia penal o correccional;
- estar registrado como empleador en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA);
- percibir un subsidio otorgado por el Estado;
- ser titular de más de 1 bien inmueble;
- ser titular de 1 automotor, embarcación o aeronave, cuya antigüedad sea menor a 10 años;
- percibir jubilaciones o pensiones, contributivas y no contributivas;
- percibir prestación o subsidio por desempleo;
- tener un empleo en el estado provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipal o en organizaciones no gubernamentales;
- haber viajado al exterior;
- haber realizado gastos dentro y fuera del país en los últimos 6 meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
- ser monotributista en la categoría “C” o superiores, o en el régimen de autónomos;
- haber comprado moneda extranjera.
- Impedir, estorbar o entorpecer el normal funcionamiento de los transportes o no permitir a terceros movilizarse libremente por la vía pública. En estos casos el titular queda fuera del programa en forma inmediata y se le suspende el pago del beneficio.
- Incurrir en actos de violencia que alteren el orden público.
- Por haberse modificado las condiciones de vulnerabilidad social.
- Por tener alguna causa de incompatibilidad.
- Por falsedad en las declaraciones juradas.
- Por renuncia expresa del titular.
- Por muerte del titular.
Obligaciones de los beneficiarios
- Mantener actualizada la información personal en el Portal Empleo.
- Participar en alguna de las prestaciones ofrecidas por el Programa.
- Brindar toda documentación o información pedida.
- Comunicar cualquier novedad en casos de incompatibilidad.
- Reintegrar las asignaciones dinerarias si se reciben en forma indebida.
Compatibilidades
- El Programa es compatible con:
- la Asignación Universal por Hijo;
- la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social;
- prestaciones económicas, habitacionales o de protección familiar otorgadas por el Estado;
- prestaciones alimentarias;
- el monotributo social o monotributo categoría A;
- el trabajo en casas particulares;
- el trabajo rural, temporario o estacional;
- un empleo público iniciado después de incorporarse al Programa Volver al Trabajo, siempre que la remuneración bruta mensual no exceda 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles;
- un trabajo en relación de dependencia en el sector privado iniciado después de incorporarse al Programa Volver al Trabajo, siempre que la remuneración bruta mensual no exceda 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles;
- un empleo formal en relación de dependencia encuadrado en el Programa de Inserción Laboral. En este caso no se aplica el máximo de 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
El Programa Volver al Trabajo es incompatible con:
- ser prófugo de la justicia penal o correccional;
- estar registrado como empleador en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA);
- percibir un subsidio otorgado por el Estado;
- ser titular de más de 1 bien inmueble;
- ser titular de 1 automotor, embarcación o aeronave, cuya antigüedad sea menor a 10 años;
- percibir jubilaciones o pensiones, contributivas y no contributivas;
- percibir prestación o subsidio por desempleo;
- tener un empleo formal en relación de dependencia, salvo los casos que sí son compatibles;
- ser un trabajador independiente registrado, salvo el caso que sea compatible;
- haber viajado al exterior el tiempo suficiente para impedir el cumplimiento de la contraprestación correspondiente. También haber viajado a destinos que, por sus características, supongan ingresos mayores a los previstos en las compatibilidades del Programa.
- los participantes del:
- Com.Ven.Var. %

