Cuáles son los nuevos valores de referencia para las exportaciones
La Aduana oficializó hoy la reinstalación de precios de carácter preventivo para la leche en polvo, con destino a 4 grupos de países. Busca evitar maniobras de evasión por subfacturación.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), a través de la Dirección General de Aduanas, puso en marcha los nuevos valores de referencia para la exportación de leche en polvo.
Así, a través de la Resolución 4.765 oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, se reinstalan montos mínimos asignados que habían sido dados de baja durante la gestión de Mauricio Macri.
"Es una nueva medida de la Aduana para combatir la evasión y la fuga", señalaron a Télam fuentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El proceso que se inició el lunes pasado, con la fijación del precio para la cebolla, y que hoy se complementó con el valor referencial para la leche en polvo, continuará en las próximas semanas con el establecimiento de valores de referencia para otros productos de exportación.
El precio que fijó la Aduana para la exportación de este producto oscila entre los USD2,062 y los USD2,915 por kilo, según la posición arancelaria, y se realizó en base a la metodología acordada con el Centro de la Industria Lechera (CIL), entidad que nuclea gran parte del sector exportador de este rubro.
Desde Aduana afirman que “los valores referenciales son una herramienta que permite identificar operaciones de subfacturación de exportaciones, una maniobra abusiva que apunta a minimizar la carga tributaria”.
La distinción de los valores también se efectúa en los destinos finales de los productos, que se agrupan en 4 subgéneros:
PAÍSES DE DESTINO DE LAS MERCADERÍAS
- GRUPO 2
RUSIA
- GRUPO 7
BOLIVIA
BRASIL
COLOMBIA
CHILE
PARAGUAY
PERU
URUGUAY
VENEZUELA
- GRUPO 9
BURKINA FASO
ARGELIA
BOTSWANA
BURUNDI
CAMERÚN
REPÚBLICA CENTROAFRICANA
CONGO
REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO (EX ZAIRE)
COSTA DE MARFIL
CHAD
BENIN
EGIPTO
GABÓN
GAMBIA
GHANA
GUINEA
GUINEA ECUATORIAL
KENYA
LESOTHO
LIBERIA
LIBIA
MADAGASCAR
MALAWI
MALI
MARRUECOS
MAURICIO, ISLAS
MAURITANIA
NIGER
NIGERIA
ZIMBABWE
RWANDA
SENEGAL
SIERRA LEONA
SOMALIA
SWAZILANDIA
SUDÁN
TANZANIA
TOGO
TÚNEZ
UGANDA
ZAMBIA
TERRITORIO VINCULADO AL REINO UNIDO (ÁFRICA)
TERRITORIO VINCULADO A ESPAÑA (ÁFRICA)
TERRITORIO VINCULADO A FRANCIA (ÁFRICA)
ANGOLA
CABO VERDE
MOZAMBIQUE
SEYCHELLES
DJIBOUTI
COMORAS
GUINEA BISSAU
SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE
NAMIBIA
SUDÁFRICA
ERITREA
ETIOPÍA
RESTO (ÁFRICA)
INDETERMINADO (ÁFRICA)
- GRUPO 13
CANADA
ARABIA SAUDITA
CHINA
INDONESIA
MALASIA
EMIRATOS ARABES UNID.
SINGAPUR
HONG KONG
Resolución General 4765/2020 by Edu Lalo Mejias on Scribd