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Pensiones no contributivas: quiénes pueden seguir cobrando este beneficio tras la muerte del titular

Las pensiones no contributivas son sumas mensuales que paga la Anses a determinadas personas que no hayan hecho aportes jubilatorios tras la muerte del titular del beneficio

Las pensiones no contributivas cubren una variedad de situaciones, desde la pérdida de un cónyuge hasta el reconocimiento de logros deportivos excepcionales. 

Son sumas mensuales que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a determinadas personas que no hayan hecho aportes jubilatorios siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Si sos de este grupo, consultá las fechas de pago.

Para recibir este beneficio hay que cumplir con estos requisitos:

Pensión no contributiva Madre de 7 hijos

Cuando fallece la titular de esta pensión, varios miembros de la familia tienen derecho a continuar recibiendo el beneficio. El viudo o conviviente incapacitado para trabajar y que estuviera a cargo de la titular al momento del fallecimiento puede solicitarla. Asimismo, los hijos menores de 18 años tienen derecho automático, mientras que aquellos mayores de edad o incapacitados para trabajar y dependientes de la titular también pueden ser beneficiarios.

Es importante destacar que el cónyuge divorciado, legalmente separado o de hecho al momento del fallecimiento de la titular no tiene derecho a esta pensión. Además, este beneficio es incompatible con otras prestaciones como jubilaciones, pensiones universales, asignaciones familiares y por embarazo.

Pensión no contributiva por Vejez

Cuando fallece el titular de esta pensión, el cónyuge no divorciado ni legalmente separado, o la concubina con convivencia reconocida durante al menos 5 años anteriores al fallecimiento, pueden solicitarla si tienen 70 años o más, o si están incapacitados para trabajar y eran dependientes del titular.

Al igual que la pensión para madres de 7 hijos, esta prestación es incompatible con otras jubilaciones y pensiones, así como con asignaciones familiares y por embarazo.

Anses: más noticias Otras Pensiones Especiales

Además de las mencionadas, existen otras pensiones especiales en Argentina. Son un reconocimiento del Estado argentino a diversas circunstancias y contribuciones excepcionales, brindando un soporte vital en momentos de necesidad para las familias y dependientes de quienes han fallecido o están incapacitados.

  • Pensión para ex presos políticos (Ley 26.913): Concedida al viudo o concubino que convivía con el titular, así como a los hijos menores o incapacitados para trabajar.
  • Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra: Otorgada a los padres, viudos, concubinos y hijos menores o incapacitados para trabajar de los veteranos fallecidos en combate.
  • Pensión para ganadores de títulos olímpicos o paralímpicos: Destinada a viudos, viudas, concubinos o concubinas, con ciertos límites de ingresos mensuales, y que equivalen al 75% del haber que percibía el titular.

 

  Documentación requerida para solicitar una pensión no contributiva

Este trámite se realiza de manera presencial y sin turno.

  • Partida de defunción.
  • Documentación que acredite el vínculo con la persona fallecida.
  • Certificado de discapacidad, en caso de corresponder.
  • DNI original del solicitante.
  • Formulario Solicitud de prestaciones previsionales (PS 6.18) (para Pensión Madre 7 hijos, por Vejez o Ganadores de títulos olímpicos o paralímpicos, completando el rubro OTRAS en el tipo de prestación solicitada y aclarando la que corresponda).

- Para el caso de pensión para ex presos políticos:

Formulario Solicitud de la Pensión Graciable Ley N° 26.913 (PS  6.299).

Deberá completar una nota para solicitar pase a la Secretaría de Derechos Humanos.

- Para el caso de pensión honorífica de Veteranos de Guerra:

Formulario Declaración Jurada sobre la eventual Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o Seguridad (PS 6.284).

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