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A partir del 25 de agosto rige el aumento para la jubilación máxima: monto y fechas de pago

En el octavo mes del año, los jubilados recibirán un 1,9% de aumento en agosto. Desde Anses confirmaron que quienes cobran la máxima no recibirán el bono extra

 La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comienza el 25 de agosto con el pago de las jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo. Este grupo de beneficiarios cobrará con el aumento del 1,89% correspondiente a la actualización de agosto, calculada en base a la inflación informada por el INDEC.

Con esta suba, los jubilados que perciben el haber máximo tienen un incremento en sus ingresos mensuales, aunque quedan excluidos del bono extraordinario de $70.000 que el Gobierno continuará otorgando a quienes reciben los haberes más bajos.

Cómo quedó la jubilación máxima en agosto

Tras la actualización aplicada por Anses, los principales valores previsionales quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Jubilación mínima: $419.775,93.
  • Jubilación mínima con bono: $489.775,93.
  • Jubilación máxima: $2.824.649,50.

De esta forma, quienes cobran la jubilación máxima reciben en agosto un haber superior a los $2,8 millones, que incluye el incremento mensual previsto por la fórmula de movilidad vigente.

Quiénes cobran el bono de $70.000

El bono extraordinario de agosto está destinado a jubilados y pensionados con ingresos más bajos. El monto completo de $70.000 será percibido por quienes cobran la jubilación mínima, mientras que aquellos con haberes superiores recibirán un adicional proporcional hasta alcanzar un ingreso total de $489.775,93.

Por este motivo, los titulares de jubilaciones máximas no accederán al refuerzo extraordinario, ya que sus ingresos superan ampliamente el límite establecido por el Gobierno nacional.

A partir del 25 de agosto rige el aumento para la jubilación máxima: monto y fechas de pago

Cuándo cobran los jubilados con haberes superiores a la mínima

Anses confirmó el cronograma de pagos para jubilados y pensionados cuyos haberes superan el monto mínimo. Los depósitos comenzarán el 25 de agosto y se realizarán según la terminación del DNI.

Calendario de pago de agosto 2026

  • DNI terminados en 0 y 1: 25 de agosto.
  • DNI terminados en 2 y 3: 26 de agosto.
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de agosto.
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto.
  • DNI terminados en 8 y 9: 31 de agosto.
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