ABL gratis para jubilados en CABA: requisitos y cómo tramitarlo en 2026

Jubilados y pensionados pueden quedar exentos de pagar el ABL. ¿Cuáles son las condiciones?

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) precisó las condiciones que deben cumplir los jubilados y pensionados para acceder a la exención total del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) en la Ciudad de Buenos Aires. El beneficio alcanza el 100% del tributo y está orientado a personas con ingresos previsionales limitados. Recordemos que en CABA, los jubilados también pueden viajar gratis en subte.

El alivio fiscal forma parte de las políticas de asistencia tributaria que impulsa la Ciudad para los sectores más vulnerables y permite reducir el impacto de los impuestos locales sobre los haberes jubilatorios.

 

Quiénes pueden solicitar la exención del ABL

Según la normativa vigente, podrán acceder al beneficio los jubilados y pensionados que cumplan todos los siguientes requisitos:

  • Ser propietarios, copropietarios, usufructuarios o contar con derecho de uso sobre un único inmueble, destinado exclusivamente a vivienda familiar.
  • Habitar efectivamente esa propiedad como domicilio permanente.
  • No poseer otros inmuebles, urbanos o rurales, en ninguna jurisdicción del país.
  • Percibir ingresos previsionales que no superen el equivalente a cuatro jubilaciones mínimas. Para diciembre de 2025, el tope es de $1.363.518,36.
  • Que la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) del inmueble no supere los $40.000.000, de acuerdo con la Ley Tarifaria vigente.

 

Casos especiales contemplados por la normativa

AGIP aclaró que la exención del ABL también puede otorgarse en situaciones particulares:

  • Jubilados y pensionados que alquilan la vivienda, siempre que el contrato establezca expresamente que el inquilino es responsable del pago del ABL.
  • Personas que residan en el inmueble bajo la figura legal de usufructo, siempre que cumplan con el resto de los requisitos.

 

Qué documentación exige AGIP

Para iniciar el trámite, el organismo porteño solicita presentar la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Último recibo de cobro de jubilación o pensión.
  • Escritura o título de propiedad del inmueble.
  • Contrato de alquiler vigente, en caso de que el solicitante sea inquilino responsable del impuesto.
  • Escritura que acredite el usufructo, si corresponde.
  • Formulario de solicitud de exención, disponible en el sitio web oficial de AGIP.

 

Cómo realizar el trámite de exención del ABL

El trámite puede realizarse de forma online a través del sitio oficial de AGIP. Allí, el solicitante deberá completar el formulario, adjuntar la documentación requerida y enviar la solicitud para su evaluación.

También existe la opción de hacerlo de manera presencial en la sede central de AGIP o en las oficinas comunales de la Ciudad de Buenos Aires. En este caso, es obligatorio solicitar turno previo.

La exención del ABL representa un alivio significativo para jubilados y pensionados, ya que elimina por completo el pago de un impuesto fijo y contribuye a mejorar el ingreso disponible mensual.

 

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