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ARCA devuelve el 30% por gastos en dólares: a quiénes les corresponde y cómo reclamarlo paso a paso

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitó el trámite para recuperar las percepciones por consumos en moneda extranjera de 2025. El procedimiento cambia según si el contribuyente paga o no Ganancias y Bienes Personales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) activó el sistema para solicitar la devolución de las percepciones del 30% aplicadas durante 2025 sobre gastos en moneda extranjera. El recargo alcanzó tanto a consumos con tarjeta en el exterior como a la compra de dólares y operaciones vinculadas al turismo.

Estas percepciones fueron cobradas de manera automática y ahora pueden recuperarse total o parcialmente, dependiendo de la situación fiscal de cada persona.


Quiénes pueden pedir la devolución del 30% de ARCA

El reintegro no es exclusivo de un solo grupo. Pueden solicitarlo distintos perfiles de contribuyentes:

  • Personas que no tributan Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales, como monotributistas, jubilados sin retenciones y asalariados con ingresos por debajo del mínimo no imponible.

  • Trabajadores en relación de dependencia y jubilados que durante 2025 tuvieron descuentos de Ganancias, ya que pueden recuperar las percepciones en la liquidación anual.

  • Contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales, quienes pueden computar el 30% como pago a cuenta del impuesto y generar saldo a favor.


Cómo es el trámite según la situación impositiva

El procedimiento para recuperar el dinero no es igual para todos y varía según la condición fiscal ante ARCA.

Personas que no pagan Ganancias ni Bienes Personales

El trámite se realiza de forma digital en el sitio web de ARCA, dentro del servicio "Devolución de percepciones". El sistema muestra automáticamente los montos informados por las entidades financieras. Si alguna percepción no aparece, puede cargarse manualmente con el comprobante correspondiente.

Asalariados y jubilados con retenciones

En estos casos, la devolución se gestiona a través del Siradig Trabajador. Allí deben informarse las percepciones por gastos en dólares junto con los datos personales y laborales. El reintegro se efectúa en la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias, que suele cerrarse hacia fines de marzo.

Inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales

Quienes presentan declaraciones juradas deben computar las percepciones como pagos a cuenta. Si el monto supera el impuesto determinado, puede generar saldo a favor para compensar otras obligaciones o solicitar la devolución, según lo permite la normativa vigente.

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