Confirmado por ARCA: los nuevos montos del Monotributo a partir de febrero 2026
La actualización por inflación del régimen simplificado elevará los topes de facturación y modificará los importes mensuales desde febrero. Con un ajuste del 14,3%, los monotributistas deberán revisar su categoría antes del 5 de febrero para evitar inconsistencias o recargos
A partir de febrero de 2026 entrará en vigencia una nueva actualización de las escalas del monotributo, impulsada por la inflación acumulada durante el segundo semestre de 2025.
El ajuste será del 14,3%, porcentaje que se aplicará sobre los topes de facturación anual de cada categoría y que también impactará en los importes mensuales que pagan los contribuyentes.
La modificación responde al mecanismo de actualización semestral previsto por la normativa vigente y busca evitar que la suba generalizada de precios expulse automáticamente a pequeños contribuyentes del régimen simplificado.
Con este incremento, el tope máximo de facturación anual pasará de los actuales $94.808.194 a más de $108 millones, aunque los valores definitivos todavía deben ser oficializados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Las nuevas escalas comenzarán a regir formalmente desde febrero.
Nuevas escalas estimadas para 2026
Mientras se aguarda la publicación oficial, los montos proyectados con el aumento del 14,3% serían los siguientes:
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Categoría A:
$8.992.597,87 $10.278.539,37 -
Categoría B:
$13.175.201,52 $15.059.255,34 -
Categoría C:
$18.473.166,15 $21.114.828,91 -
Categoría D:
$22.934.610,05 $26.214.259,29 -
Categoría E:
$26.977.793,60 $30.835.618,08 -
Categoría F:
$33.809.379,57 $38.644.120,85 -
Categoría G:
$40.431.835,35 $46.213.587,81 -
Categoría H:
$61.344.853,64 $70.117.167,71 -
Categoría I:
$68.664.410,05 $78.483.420,69 -
Categoría J:
$78.632.948,76 $89.877.460,43 -
Categoría K:
$94.805.682,90 $108.362.895,55
Estos valores determinarán quiénes pueden permanecer en el régimen simplificado y en qué categoría deberán ubicarse según su nivel de ingresos.
Recategorización: fechas clave y obligaciones
Con la entrada en vigencia de las nuevas escalas, los monotributistas deberán analizar si corresponde cambiar de categoría. El plazo para realizar la recategorización vence el 5 de febrero.
La revisión es obligatoria y se basa principalmente en:
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La facturación total de los últimos 12 meses.
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La superficie afectada a la actividad.
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El consumo eléctrico anual.
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El monto de alquileres devengados, si corresponde.
Si los ingresos superan o quedan por debajo de los límites de la categoría actual, el contribuyente debe recategorizarse. En caso contrario, puede permanecer en la misma.
Cómo hacer la recategorización paso a paso
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Ingresar al sitio de ARCA
Acceder al Portal Monotributo con CUIT y clave fiscal. -
Iniciar el trámite
Seleccionar la opción "Recategorizarme", disponible durante enero y julio. -
Consultar las escalas vigentes
El sistema muestra la categoría actual y sus topes. Es recomendable revisar previamente la sección "Escalas vigentes". -
Cargar los datos
Informar la facturación de los últimos 12 meses y responder sobre local comercial y provincia de actividad. El sistema sugerirá una nueva categoría. -
Confirmar
Verificar la información, confirmar el trámite e imprimir la nueva credencial si se desea. El nuevo importe se paga a partir del mes siguiente.
Un ajuste clave en un contexto inflacionario
La actualización de las escalas vuelve a poner en primer plano el impacto de la inflación sobre el régimen simplificado. Aunque el ajuste permite ampliar los márgenes de facturación, también implica en muchos casos un mayor importe mensual a pagar, lo que obliga a los contribuyentes a revisar su situación fiscal y financiera de cara al inicio de 2026.
- Com.Ven.Var. %

