El Gobierno prorrogó por un mes la presentación de la declaración de Gananancias
Luego de la reunión de Caputo con contadores, ARCA dio a conocer la resolución general que formaliza la extensión del plazo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó la prórroga de 30 días para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias, en tanto mantuvo el plazo original para el pago del tributo, que se mantiene para el lunes 27 de julio.
La medida se plasmó en la Resolución General 5876/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, y ya había sido anticipada por la ex AFIP el viernes pasado, luego de la reunión que mantuviera el ministro de Economía, Luis Caputo, con un grupo de contadores, quienes habían fundamentado el pedido de prórroga tras conocerse el proyecto oficial de modificación de aspectos de la ley de Inocencia Fiscal.
%uD83D%uDCE2 NUEVA PRÓRROGA PARA GANANCIAS
— ARCA | Agencia de Recaudación y Control Aduanero (@ARCA_informa) July 17, 2026
Se extiende el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas 2025 del Impuesto a las Ganancias Personas Humanas.
%uD83D%uDCC5 La nueva fecha límite será el 27 de agosto de 2026.
%u26A0%uFE0FEl ingreso del saldo de la obligación (Pago) se mantiene... pic.twitter.com/ef1R3OEwks
Sin mencionar ese encuentro en el Palacio de Hacienda, en los considerandos de la norma se citan "razones de administración tributaria" para la prórroga.
El nuevo plazo
La nueva norma sustituye el primer artículo de la RG 5851 del 21 de mayo, que había extendido inicialmente hasta el 27 de julio tanto la presentación de las declaraciones juradas como el ingreso de los saldos resultantes.
Las personas humanas y sucesiones indivisas podrán presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025 hasta el 27 de agosto.
La extensión alcanza solamente a la presentación, ya que el saldo resultante de Ganancias deberá pagarse hasta el 27 de julio, fecha que también se mantiene para la presentación y el pago de Bienes Personales 2025.
En cuanto a los anticipos de Ganancias para el período 2026, hubo una postergación en los vencimientos del primero, que serán el 14 de septiembre para las CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3; el 15 de septiembre para las que finalicen en 4, 5 y 6; y el 16 de septiembre para las terminaciones en 7, 8 y 9.
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