Nuevas categorías en el Monotributo de ARCA: cuánto podés facturar por mes sin excederte
Conocer esta información es clave para evitar recategorizaciones o incluso la exclusión del régimen simplificado administrado por ARCA
Los contribuyentes adheridos al Monotributo deben estar atentos a los límites de facturación establecidos para cada categoría. Si bien el régimen simplificado se define por ingresos anuales, muchos monotributistas utilizan una referencia mensual para controlar su actividad y evitar superar los topes permitidos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) toma en cuenta los ingresos brutos acumulados de los últimos doce meses para determinar si una persona puede continuar dentro del sistema. Sin embargo, conocer el equivalente mensual de cada categoría permite anticipar posibles inconvenientes antes de la próxima recategorización.
La categoría K, la más alta del esquema, establece actualmente un límite anual de $126.610.838,74, lo que equivale a un promedio de $10.550.903,23 por mes. Quienes superen ese nivel de ingresos de manera sostenida podrían quedar excluidos del Monotributo y pasar al régimen general de IVA y Ganancias.
Cuánto se puede facturar por mes en cada categoría
Estos son los topes vigentes para el segundo semestre de 2026:
- Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.
- Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.
- Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.
- Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.
- Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.
- Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.
- Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.
- Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.
- Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.
- Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.
- Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.
Cómo controla ARCA los ingresos de los monotributistas
Aunque los contribuyentes suelen analizar cuánto facturan mes a mes, ARCA no evalúa cada período de manera aislada. El organismo observa la suma de los ingresos devengados durante los últimos doce meses.
Esto significa que una factura emitida se computa dentro del cálculo anual independientemente de cuándo se cobre. Por ese motivo, un mes con ingresos extraordinarios no implica automáticamente una exclusión, pero sí puede afectar el promedio anual y obligar a una recategorización.
Además, el organismo realiza cruces de información con:
- Facturación electrónica.
- Movimientos bancarios.
- Transferencias recibidas.
- Operaciones registradas en billeteras virtuales.
- Consumos y gastos declarados.
Si detecta inconsistencias entre la categoría declarada y el nivel real de actividad, puede iniciar una recategorización de oficio o excluir al contribuyente del régimen.
No solo importa la facturación
Los ingresos no son el único parámetro que determina la permanencia dentro del Monotributo.
ARCA también considera:
- La superficie afectada a la actividad.
- El consumo anual de energía eléctrica.
- Los alquileres devengados del inmueble utilizado.
En la categoría K, los límites máximos permitidos son:
- Hasta 200 metros cuadrados de superficie.
- Hasta 20.000 kW de consumo eléctrico anual.
- Hasta $8.378.658,45 en alquileres anuales.
Por lo tanto, un contribuyente podría mantenerse dentro del tope de facturación, pero verse obligado a recategorizarse si supera alguno de estos parámetros.
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