INVERSIONES

El BCRA extendió la duración mínima de los plazos fijos UVA

El Banco Central duplicó el tiempo mínimo de permanencia para los depósitos que ajustan por inflación. Los bancos deberán ofrecerlos por un monto de hasta $5 millones

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció este jueves nuevos cambios en los plazos fijos UVA. La entidad resolvió duplicar el periodo mínimo de permanencia para los depósitos que ajustan por inflación, aumentándolo de 90 a 180 días.

Así lo informó el Directorio del Banco Central a través de la Comunicación "A" 7929, emitida este jueves. "Con vigencia para las imposiciones que se capten a partir del día siguiente a la publicación de esta comunicación, en 180 días el plazo mínimo para los Depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo ("UVA")", revela el comunicado.    

 

La entidad definió además que los bancos deberán ofrecer los plazos fijos UVA por un monto de hasta $5 millones por clientes, pudiendo aceptarlas por importes superiores.

"Las entidades deberán ofrecer la captación de estas imposiciones por hasta $ 5 millones por cliente, pudiendo aceptarlas por importes superiores. Cuando se trate de imposiciones constituidas a nombre de dos o más personas humanas, a los fines de computar ese límite, el monto del depósito a plazo fijo se distribuirá proporcionalmente entre sus titulares", agrega la comunicación oficial.

Los cambios serán los siguientes: 

  • El plazo mínimo de los depósitos UVA precancelables pasa de 90 a 180 días.
  • Las entidades bancarias estarán obligadas a aceptar imposiciones de este tipo de hasta $5 millones por cliente. Cuando se trate de imposiciones constituidas a nombre de dos o más personas, el monto se distribuirá proporcionalmente.

La medida tendrá vigencia para todas las operaciones que se capten a partir de este viernes 29 de diciembre

Cancelación anticipada plazos fijos UVA

Estos instrumentos contarán con una opción de cancelación anticipada a partir de los 30 días de generada la suscripción, que deberá ser comunicada a la entidad financiera en cuestión con una anticipación de 5 (cinco) días hábiles.

Los titulares podrán notificarlo a través del correo electrónico, telefonía, banca por Internet -"home banking"-, cajeros automáticos y terminales de autoservicio; o en forma personal cuando así se hubiese constituido.

Al respecto, la notificación detalla que la imposición devengará "una tasa fija de precancelación por el plazo efectivamente transcurrido, que será la que libremente se convenga. Esta tasa deberá ser informada al depositante e incluirse en la constancia de la imposición".

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