El Presidente hará un veto parcial y favorece el apoyo de un senador más
La senadora Norma Durango informó que el Poder Ejecutivo vetará una palabra que había sido objetada dentro del arituculado cuando esté sancionada la ley. Esa decisión favorece el apoyo del senador de Río Negro Alberto Weretilnek

Por Gabriela Vulcano
El presidente de la Nación se comprometió a vetar en forma parcial el proyecto de ley de legalización del aborto en caso de que sea aprobado por el Senado, con el objetivo de recuperar el texto original y de ese modo sumar el apoyo del senador rionegrino Alberto Weretilnek.
El legislador patagónico se estima que votará a favor de la norma a partir del compromiso que tomó el Poder Ejecutivo de cambiar el texto vinculado con las causales de no punibilidad de la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
"En el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo Nacional se incorpora una pequeña modificación del texto del art 86 vigente que establece en sus incisos 1 y 2 las causales de no punibilidad del aborto para adecuarnos en su redacción de 1921 a los estandares normativos y jurisprudenciales", explicó la senadora Norma Durango, informante del proyecto de mayoría.
Estamos comenzando una sesión histórica para QUE SEA LEY #AbortoLegal2020. Es hoy!!! #EsAhora. #EsUrgente. #QueSeaLey �� pic.twitter.com/OeLfLwtgc9
— Senadora Norma Durango (@Norma_Durango) December 29, 2020
Durango agregó que "con ese fin se incluyó la palabra 'integral' luego de salud, pero dadas las inquietudes que ha generado esa actualización propuesta en la redacción del inciso 2 del art 86 asi como la correspondiente redacción del inciso b del art 4 del proyecto, hemos promovido en consulta con el poder ejecutivo nacional".
Según explicó, el Poder Ejecutivo - es decir el presidente de la Nación- al momento de promulgar la ley si es sancionada hará una "observación parcial a fin de dar claridad al objetivo de la propuesta, mantener las causales de la ILE vigente de 1921 para que sigan como hasta hoy", es decir que va a "vetar parcialmente la palabra 'integral' en el inciso 2 del artículo 86 y el inciso b del art 4".
De ese modo, el inciso quedará redactado de este modo:
“Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestacional.
Fuera del plazo dispuesto en el párrafo anterior, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo, solo en las siguientes situaciones:
- Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente.
- En los casos de niñas menores de edad, la declaración jurada no será requerida.
- Si estuviere en peligro la vida o la salud de la persona gestante. Aquí se quitará la palabra "integral" que sigue a "salud".
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