Confirman la vigencia del DNU que fija tarifas de internet, telefonía y cable
El Enacom afirmó que el fallo del juzgado de Córdoba que suspendió su aplicación solo se restringe a la empresa que presentó el recurso cautelar. Además recordó que las empresas que aplicaron aumentos desmedidos serán sancionadas y deberán reintegrar los saldos a sus clientes

Por Javier Slucki
El Ente Nacional de Comunicaciones ( Enacom), reafirmó este jueves la vigencia del DNU 690/20 que habilita al Estado a fijar los precios de los servicios de telecomunicaciones al declararlos públicos y esenciales, luego de la polémica por el alcance del fallo de un juzgado de Córdoba que suspendió su aplicación.
El Enacom aseguró en un comunicado que "el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, ratificado por el Poder Legislativo, se encuentra plenamente vigente".
A su vez, el ente conducido por Claudio Ambrosini subrayó que "el comunicado emitido por ATVC es erróneo", en referencia a la gacetilla que publicó la Asociación Argentina de Televisión por Cable el martes, que aseveraba que la vigencia del DNU fue suspendida.
La polémica surgió luego de que, el mismo martes de esta semana, el Juzgado Federal N°1 de Córdoba diera lugar a un recurso presentado por la empresa TV Cable Color SRL, una pequeña prestadora de la localidad cordobesa de Villa del Rosario, para suspender el DNU 690/20, bajo el argumento de que atenta contra su sustentabildiad económica.
En este sentido, el Enacom afirmó que "la medida cautelar transitoria dictada por el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba se limita exclusivamente a la empresa TV CABLE COLOR S.R.L. de la localidad de Villa del Rosario, aplicándose la normativa (NdR: el DNU 690/20) a todas las demás empresas del sector".
Al respecto, el organismo público recordó que, en los últimos meses, medidas similares presentadas por otras prestadoras de telecomunicaciones fueron rechazadas en la justicia o por el momento se encuentran sin resolución.
"Se violó el derecho de defensa del Estado y se actuó en detrimento de los intereses de los usuarias y usuarios", añadió el Enacom sobre el fallo del Juzgado Federal N°1 de Córdoba.
Los aumentos desmedidos
En paralelo, el Enacom intimó a las empresas de telecomunicaciones que aplicaron aumentos desmedidos a retrotraerlos y reintegrar los saldos mal cobrados, mientras que anunció que aplicará sanciones a estas compañías.
"El ENACOM, como autoridad de aplicación, procedió a intimar a las empresas prestadoras a que regularicen la facturación de manera inmediata, retrotrayendo los aumentos mal aplicados y reintegrando a los usuarios y usuarias el dinero facturado indebidamente. A su vez, el Ente inició los procedimientos administrativos pertinentes para aplicar las sanciones que corresponden", dijo el ente en el comunicado.
Al respecto, reiteró que solamente autorizó un aumento del 5% en las facturas a partir de enero para grandes prestadores, mientras que habilitó a una suba del 8% en enero y del 7% en febrero para empresas de pequeño tamaño.
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Escrito por
Guillermo Moreno