Empezó la veda electoral en CABA: qué se puede hacer y qué no
La veda electoral por las elecciones 2025 dura 48 horas y establece multas para quienes hagan algunas actividades. A qué hora termina
Los porteños eligen este domingo 18 de mayo a sus representantes en el Poder Legislativo. Se votarán candidatos a diputados y senadores en la Ciudad de Buenos Aires, además de los legisladores que ocupen una banca en la Legislatura local.
Este año electoral tiene una particularidad: el debut de la Boleta Única de Papel a través del voto electrónico. El nuevo método de votación ajustó el gasto de impresión de boletas y, según argumentaron, también asegura transparencia. El Instituto de Gestión Electoral (IGE) lanzó un simulador de voto en su página web simuladorcaba.votar.com.ar.
Qué es la veda electoral y qué no se puede hacer
La veda electoral es un período de tiempo que establece la Justicia Electoral antes, durante y después de la jornada de votación, con el objetivo de asegurar la democracia y la libertad del voto, sin influencias de cualquier tipo.
Durante los dos días que dura la medida, hay una serie de actividades que no se pueden hacer. De lo contrario, existe la posibilidad de recibir multas cuyo precio varía según la gravedad de los hechos. Entre ellos, se encuentra:
- Realizar actos públicos de campaña o proselitismo electoral.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- Emitir publicidad electoral en medios de comunicación.
- Ofrecer o entregar boletas en un radio de 80 metros del lugar de votación.
- Repartir propaganda política (folletos, afiches, etc.) en la vía pública.
- Portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias cerca de los centros de votación.
- La venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo.
Según los artículos 71 y 133 del Código Nacional Electoral, las personas que incumplan la veda pueden recibir diferentes penas:
- Quienes exhiban propaganda política o utilicen banderas y distintivos en la vía pública durante la jornada electoral: multas de entre $10.000 y $100.000, además de penas de prisión de hasta 15 días.
- Los locales que vendan bebidas alcohólicas entre las 20:00 del sábado y las 21:00 del domingo pueden ser sancionados con penas de entre 15 días y seis meses de cárcel.
- Las agrupaciones políticas que violen la veda con actos de campaña podrán perder el derecho a recibir financiamiento público durante uno a cuatro años, y quedar excluidas del financiamiento de campaña por una o dos elecciones.

