El Gobierno envió la Ley de Glaciares: ¿qué cambios debatirá el Congreso?

El Ejecutivo busca que el proyecto de reforma de Protección de Glaciares sea tratado por la Cámara de Diputados en las sesiones extraordinarias

El Gobierno envió el proyecto al Congreso la reforma de la Ley de Glaciares y entró a la Cámara de Senadores para que comience su tratamiento en las sesiones extraordinarias que se extenderán hasta el 30 de diciembre.

La presentación de la norma fue notificada por la Oficina del Presidente, donde detalla que la iniciativa tiene “como objetivo ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental compatible con la Constitución Nacional”.

Según el comunicado oficial,  "la mal llamada 'Ley de Glaciares' demostró graves falencias interpretativas que generaron inseguridad jurídica, paralizaron inversiones productivas y afectaron el legítimo ejercicio de las competencias provinciales sobre los recursos naturales”.

La reforma propone “reglas claras que protejan los glaciares” que cumplen una función hídrica efectiva, fortalezcan los estándares ambientales vigentes y eliminen la discrecionalidad que “bajo pretextos ideológicos, obstaculizó el desarrollo económico del país”.

pic.twitter.com/cfW5c2mndo— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) December 15, 2025      

 

Qué dice la reforma de la Ley de Glaciares

El proyecto reafirma el mandato constitucional del artículo 41 que exige “proteger el ambiente sin impedir el desarrollo humano”, y del artículo 124, que reconoce “a las provincias el dominio originario de sus recursos naturales”.

En esa línea, fortalece el rol de las autoridades provinciales en la evaluación de impacto ambiental, reconoce su capacidad técnica y científica, y promueve una articulación eficiente con el Inventario Nacional de Glaciares.

El proyecto redefine el artículo 1° para precisar el objeto de protección: los glaciares y geoformas del ambiente periglacial “que cumplan funciones hídricas”, ya sea como reservas estratégicas o como proveedores de agua para la recarga de cuencas. También incorpora una pauta interpretativa que subordina la aplicación de la ley al criterio constitucional de uso racional de los recursos naturales consagrado en el artículo 41.

Otra modificación es la creación del artículo 3° bis, que introduce el principio precautorio de que “todo glaciar o geoforma incluido en el Inventario Nacional de Glaciares se considerará protegido hasta que la autoridad ambiental competente verifique que carece de funciones hídrica”.

El documento oficial define esta iniciativa como “una verdadera reforma de federalismo ambiental” que da cumplimiento a los compromisos asumidos en el Pacto de Mayo.

La reforma responde al reclamo realizado por las provincias integrantes de la Mesa del Litio (Catamarca, Jujuy y Salta) y de la Mesa del Cobre (Mendoza y San Juan), que solicitaron avanzar hacia un modelo federal responsable y sostenible en el tiempo.

El Poder Ejecutivo solicitó al Congreso que dé pronto tratamiento del proyecto donde argumenta que esta reforma representa “un paso decisivo para poner a la Argentina de pie, con reglas claras, federalismo real, desarrollo productivo y crecimiento económico”.

La iniciativa busca ordenar una normativa que, según el Ejecutivo, generó durante más de una década incertidumbre jurídica y trabó el aprovechamiento de recursos naturales en las provincias cordilleranas

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