Injurias

La Cámara Federal de Casación confirmó el sobreseimiento de Javier Milei en la causa iniciada por Fontevecchia

El tribunal rechazó por unanimidad el recurso presentado por el director de Grupo Perfil y dejó firme la decisión que descartó el delito de injurias

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el sobreseimiento de Javier Milei en la causa por injurias promovida por Jorge Fontevecchia, director de Grupo Perfil, y cerró definitivamente el expediente en el fuero penal.

La decisión fue adoptada por la Sala III del tribunal, que desestimó por unanimidad el recurso interpuesto por la querella y confirmó lo resuelto en primera instancia. La resolución lleva las firmas de los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani.

El planteo giraba en torno a una serie de manifestaciones públicas en las que Fontevecchia se consideró agraviado. En el expediente se evaluaron tres episodios. El primero ocurrió el 27 de febrero de 2023, durante una emisión de La Nación+, conducida entonces por Viviana Canosa, donde Milei formuló críticas hacia el empresario vinculadas a su situación empresarial y al sistema de medios.

El segundo hecho se produjo el 8 de abril de 2024 en el programa "Multiverso Fantino", del canal de streaming Neura, cuando Milei ya ejercía la Presidencia. El tercer episodio tuvo lugar el 7 de septiembre de 2024, en un discurso ante la Cámara de Comercio, en el que volvió a cuestionar públicamente al titular de Perfil.

En primera instancia, el juez Sebastián Casanello había dictado el sobreseimiento al considerar que las expresiones, en el contexto en que fueron realizadas y tratándose de figuras públicas, no configuraban el delito de injurias.

 La Sala III resolvió por unanimidad rechazar el recurso interpuesto y confirmar el sobreseimiento de Javier Milei

 La Sala III resolvió por unanimidad rechazar el recurso interpuesto y confirmar el sobreseimiento de Javier Milei

Al revisar el caso, Casación sostuvo que cuando los calificativos potencialmente ofensivos están vinculados de manera directa con asuntos de interés público y se inscriben en el debate democrático, la conducta resulta atípica, independientemente de quién los emita.

En sus votos, los magistrados subrayaron la centralidad de la libertad de expresión en el sistema democrático y remarcaron que, aun cuando pudiera advertirse un tono satírico o burlesco, las declaraciones se enmarcaron en una discusión política más amplia sobre el sistema de medios, la publicidad oficial y el modelo económico.

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