Golpe metalúrgico

La Justicia anuló las elecciones de la UOM, desplazó a la conducción e intervino el gremio

La Cámara del Trabajo declaró inválidos los comicios de Campana y la elección nacional, removió a Abel Furlán y nombró a Alberto Biglieri por 180 días.

La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo intervino por 180 días la UOM, desplazó a Abel Furlán y ordenó convocar a nuevas elecciones bajo control judicial. La decisión anuló primero los comicios de la seccional Campana y, como consecuencia directa, también dejó sin efecto la elección nacional que había ratificado a la conducción del gremio.

El fallo fue firmado por los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González. La Cámara designó como interventor al abogado Alberto Biglieri, quien asumirá facultades de gobierno, administración y fiscalización interna tanto en la seccional Campana como en la estructura nacional del sindicato.

Una conducción sin respaldo legal

La resolución declaró el cese inmediato de Abel Furlán como secretario general nacional y también de los demás integrantes de la conducción electa el 18 de marzo. El tribunal sostuvo que los mandatos anteriores vencieron el 22 de marzo de 2026 y que las autoridades surgidas de los procesos anulados no podían continuar en funciones.

"El sindicato ha quedado sin conducción legal", señaló la Cámara. En otro tramo, definió la situación como "un absoluto vacío de poder" tanto en Campana como en el plano nacional.

Esa acefalía fue el argumento central para ordenar la intervención. Para los jueces, la medida buscó restablecer la legalidad institucional del gremio después de un proceso electoral que, según el fallo, no garantizó condiciones básicas de transparencia.

La irregularidad que hizo caer la elección

El conflicto comenzó con una presentación de la Lista Naranja de la seccional Campana, que denunció irregularidades en los comicios realizados entre el 2 y el 4 de marzo de 2026. La Cámara consideró agotada la vía interna porque la Junta Electoral Seccional no respondió de manera válida y porque la Junta Electoral Nacional también ignoró los planteos.

El punto decisivo fue el manejo y custodia de las urnas durante los tres días de votación. Según el fallo, no hubo escrutinios provisorios al cierre de cada jornada y las urnas quedaban bajo custodia de la propia Junta Electoral seccional.

Para la Sala VIII, esa mecánica afectó la fiabilidad y transparencia del proceso electoral. El tribunal recordó que las elecciones sindicales deben realizarse, como regla general, en una sola jornada y que, si se extienden, deben reforzarse las garantías sobre los votos.

"¿De qué forma podría garantizarse, si no, que los votos que se cuentan el último día guardan relación con los ingresados por los electores en los días anteriores?", planteó Pesino en su voto.

La nulidad alcanzó también a la elección nacional

La Cámara sostuvo que la nulidad de Campana arrastró a la elección nacional porque ambos procesos estaban unidos por la conformación del Colegio Electoral.

Los miembros de ese cuerpo se eligen junto con las autoridades seccionales y luego participan de la elección del secretario general nacional. Por eso, al caer la elección de Campana, también quedó viciada la votación del 18 de marzo.

"Si una es nula, también la otra lo es", sostuvo el tribunal.

La resolución además dejó sin efecto las designaciones de los electores titulares y suplentes surgidos de Campana. Para la Cámara, el problema no era numérico, sino de origen institucional: un Colegio Electoral conformado de manera irregular no podía elegir válidamente a la conducción nacional.

La Cámara acusó a la UOM de ignorar una cautelar

El fallo recordó además que el 17 de marzo la Sala VIII había ordenado suspender la elección nacional prevista para el día siguiente. Según la Cámara, la UOM fue notificada correctamente mediante acta notarial en su sede de la calle Alsina.

Pese a esa orden judicial, el sindicato avanzó con la votación. El tribunal sostuvo que la conducción de la UOM "desoyó completamente la decisión judicial" y remarcó que la cautelar buscaba evitar justamente el escenario posterior: que la nulidad de Campana contaminara la elección nacional.

Biglieri conducirá el gremio y deberá llamar a elecciones

La intervención quedó en manos de Alberto Biglieri, designado como auxiliar de la Justicia nacional. Tendrá facultades legales, estatutarias y reglamentarias para conducir la UOM durante los próximos 180 días.

El interventor deberá convocar a nuevas elecciones sindicales dentro de ese plazo. También podrá conformar equipos de trabajo, requerir el auxilio de la fuerza pública y presentar informes periódicos ante la Cámara.

La resolución fue dictada con habilitación de días y horas inhábiles. Con esa decisión, la Justicia laboral anuló las elecciones cuestionadas, removió a la conducción nacional y dejó a la UOM bajo intervención judicial hasta la realización de nuevos comicios.

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