En plena reforma

El Gobierno habilitó a Adorni a negociar la transferencia de la Justicia laboral a CABA

Un decreto reabre un conflicto histórico entre el Estado nacional y la Ciudad de Buenos Aires. Qué se quiere transferir, por qué está frenado y qué cambia a partir de ahora

El Gobierno nacional delegó en el Jefe de Gabinete la facultad de firmar un acuerdo de transferencia de competencias de la justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La medida está firmada por el presidente Javier Milei y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, apunta a destrabar un proceso pendiente desde la reforma constitucional de 1994 y vuelve a poner en agenda la reorganización de la Justicia Nacional del Trabajo en la Capital Federal.

El traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires es un tema pendiente desde la reforma constitucional de 1994, que consolidó la autonomía porteña. Al año siguiente, la Ley 24.588 -conocida como Ley Cafiero- habilitó la firma de convenios entre el Estado nacional y la Ciudad para transferir funciones, organismos y recursos. Aunque desde entonces se concretaron avances en áreas como seguridad y transporte, la competencia en materia laboral continúa en manos de la Nación.

El decreto recientemente publicado autoriza al jefe de Gabinete a suscribir el convenio de transferencia, así como eventuales adendas o acuerdos complementarios que resulten necesarios. Una vez firmado, el entendimiento deberá enviarse al Congreso para su tratamiento y eventual aprobación, tal como establece la normativa vigente.

El debate cobró nuevo impulso tras la sanción, en diciembre de 2024, de las leyes 6789 y 6790 por parte de la Legislatura porteña. Esas normas modificaron la Ley Orgánica del Poder Judicial local y aprobaron un nuevo Código Procesal del Trabajo. Además, dispusieron la creación de una Cámara de Apelaciones del Trabajo con seis magistrados distribuidos en dos salas y diez juzgados de primera instancia con competencia en conflictos laborales individuales y en recursos vinculados a comisiones médicas.

No obstante, la aplicación de esas leyes quedó en suspenso por una medida cautelar dictada por la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, en una causa promovida por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. El tribunal entendió que, antes de avanzar, la Ciudad debe celebrar acuerdos institucionales con la Nación que garanticen una transferencia ordenada y conforme a lo previsto en la Ley 24.588 y en la cláusula transitoria decimotercera de la Constitución porteña.

La Corte Suprema ya se pronunció sobre este punto en los fallos "Corrales" y "Bazán", donde destacó el carácter transitorio de los tribunales nacionales con asiento en la Ciudad y subrayó que la autonomía porteña implica asumir plenamente las competencias jurisdiccionales. En esos precedentes, el máximo tribunal advirtió que la prolongación del esquema actual resulta incompatible con el diseño constitucional.

Con este decreto, el Gobierno nacional intenta dar un paso formal hacia la conformación de una justicia laboral propia en la Ciudad, en línea con el marco constitucional y la jurisprudencia vigente.


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