Compra del territorio

Qué cambia con la nueva Ley de Tierras que impulsa La Libertad Avanza en el Senado

El Gobierno elevó el tope para la titularidad extranjera en las provincias. Acordó un texto de 47 artículos con senadores aliados para lograr su aprobación

La Libertad Avanza selló el dictamen final del proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, conocida como Ley de Tierras, tras elevar del 15% al 25% el límite para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros en cada provincia. 

La jefa del bloque oficialista en el Senado, Patricia Bullrich, lideró la negociación con la oposición aliada y acordó el texto que busca asegurar los votos necesarios en el recinto. 


La medida frena el plan inicial del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien pretendía derogar por completo la ley de Tierras para liberar el mercado.

El proyecto despachado contiene 47 artículos que van más allá del régimen agrario. El documento redactado reforma el sistema de expropiaciones, modifica la ley de Manejo del Fuego, agiliza las ejecuciones de desalojo y reestructura las pautas de funcionamiento en los registros de la propiedad inmueble de todo el país.

El artículo 25 de la iniciativa aprobada establece la nueva marca máxima de soberanía territorial: "La titularidad de tierras rurales por personas humanas o jurídicas extranjeras no podrá exceder, en conjunto, el veinticinco por ciento (25%) de la superficie de las tierras rurales de cada provincia".

En una fase previa del debate, los negociadores de La Libertad Avanza ya habían aceptado preservar la facultad de cada jurisdicción provincial para dictar normativas locales sobre adquisición de predios.

El dictamen mantuvo dos restricciones clave del esquema vigente: prohibió que gobiernos extranjeros compren campos argentinos y exigió permisos especiales para empresas con capitales estatales de otros países o para operaciones inmobiliarias ubicadas en zonas de frontera.

Cuáles son los puntos claves de la Ley de Tierras

1. Cambios en la Ley de Manejo del Fuego (Ley 26.815)

El objetivo central del dictamen es eliminar las restricciones dominiales y de uso del suelo impuestas a los inmuebles rurales o de bosque que hayan sufrido incendios (modificación introducida en 2020 por la Ley 27.604).

  • Derogación de las prohibiciones de venta y cambio de uso: se suprimen los plazos de inmovilización comercial y productiva que pesaban sobre los terrenos quemados (anteriormente fijados entre 30 y 60 años, según si eran bosques nativos, áreas protegidas o zonas agrícolas/pastoriles).

  • Restablecimiento del principio de presunción de inocencia del propietario: el proyecto elimina la restricción automática que afectaba al titular del campo tras un incendio, sosteniendo que la limitación preventiva sobre el derecho de propiedad violaba garantías constitucionales.

  • Habilitación de desarrollos inmobiliarios y agrícolas: los propietarios o poseedores de tierras quemadas recuperan la facultad de cambiar el uso del suelo, lotear, subdividir o emprender actividades productivas sin tener que aguardar el cumplimiento de los plazos de veda legislativos.

2. Modificaciones en el Régimen de Desalojos y Ejecuciones

En materia procesal y civil, el dictamen busca acelerar la restitución del inmueble al titular registrado y reducir los plazos de resolución en situaciones de usurpación o intrusión.

  • Criterio de "Desalojo Exprés" o Medida Cautelar Inmediata: se faculta a los jueces a dictar la entrega provisoria del inmueble al denunciante/propietario en la etapa inicial del proceso (incluso dentro de las 48 a 72 horas de realizada la denuncia e identificados los ocupantes), sin necesidad de esperar la sentencia firme del juicio principal.

  • Limitación de excepciones por vulnerabilidad social: se establece que las situaciones de vulnerabilidad, presencia de menores o pretensiones de regularización dominial no suspenden la medida cautelar de desalojo, derivando la atención social a los organismos estatales competentes pero sin frenar la restitución del bien.

  • Agilización en el auxilio de la fuerza pública: se simplifican los requerimientos procesales para que las fuerzas de seguridad ejecuten el lanzamiento inmediato una vez ordenada la medida judicial, penalizando además la dilación administrativa en el cumplimiento de la orden.

  • Endurecimiento de penas por usurpación organizada: se articulan modificaciones con el Código Penal para tipificar de forma agravada las tomas coordinadas o pactadas sobre terrenos privados o fiscales.

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