CAMINO A LAS LEGISLATIVAS

Empezó la veda electoral en la provincia de Buenos Aires: qué está prohibido

Los bonaerenses se acercarán a las urnas este domingo 7 de septiembre para votar en las elecciones legislativas 2025. Ya rige la veda y algunas acciones pueden ser sancionadas con multas

Este domingo 7 de septiembre se celebrarán las elecciones 2025 en la provincia de Buenos Aires y más de 13 millones de personas elegirán a sus representantes en la legislatura provincial. En esta oportunidad, se renovarán 46 bancas de diputados, 23 de senadores y cada distrito votará por concejales municipales y consejeros escolares. 

A tan solo dos días de la elección, ya rige la veda electoral en el territorio y las personas que la incumplan podrán tener multas.

Qué es la veda electoral

La veda electoral es el período previo a las elecciones en el que rigen una serie de restricciones establecidas por el Código Electoral Nacional para garantizar que los votantes puedan reflexionar su decisión sin presiones externas.

Qué no se puede hacer en veda electoral: prohibiciones

De acuerdo a la Ley 14.086, durante la veda electoral está prohibido:

  • Cualquier tipo de propaganda televisiva, radial o gráfica, 48 horas antes de la elección.
  • Difundir encuestas y sondeos preelectorales en esa misma franja de tiempo. Las proyecciones pudieron publicarse antes o podrán volver a difundirse luego de tres horas del cierre del proceso electoral.
  • Vender alcohol el día antes de la elección. Las penas son de uno a seis meses de prisión. 
  • Portar insignias partidarias ni realizar propaganda en los alrededores de las escuelas el día de la elección.
  • El uso de armas, a excepción de las autoridades públicas encargadas de mantener el orden.
  • Realizar espectáculos masivos al aire libre o en recintos cerrados, como fiestas, eventos deportivos o funciones teatrales.

 

Cuándo termina la veda electoral en la provincia de Buenos Aires

La veda electoral culminará a las 21 del domingo de elecciones, tres horas después de cerrados los comicios. 

 

Multas por romper la veda electoral

La Ley electoral bonaerense establece que, en caso de romper la veda, se aplicarán multas equivalentes a entre 10 y 60 haberes mínimos de la Administración Pública Provincial. 

De acuerdo a la última escala de sueldos básicos en la provincia, el valor de la multa puede superar los $5.000.000.

 

 

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