Actualizan las multas a las ART y empleadores autoasegurados desde febrero
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo fijó nuevos valores para sanciones por incumplimientos y también se actualizaron índices jubilatorios.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) actualizó los valores de las multas aplicables a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), a los empleadores autoasegurados y a las compañías de seguros de retiro que incumplan sus obligaciones legales.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 14/26, que adecua el indicador utilizado para el cálculo de las sanciones económicas, como ocurre de manera periódica en el sistema de riesgos del trabajo.
Nuevo valor de la sanción
Según lo establecido por la normativa, el valor de la multa aplicable desde febrero de 2026 quedó fijado en $79.035,96. El monto surge de la equivalencia prevista en el artículo 15 del Decreto 1.694/09, en línea con lo dispuesto por la Resolución 21/26 de ANSES.
Este indicador es la base sobre la cual se calculan las sanciones ante distintos tipos de incumplimientos, como fallas en la cobertura, demoras en prestaciones, deficiencias en controles o infracciones administrativas.
La actualización impacta directamente en el régimen sancionatorio que rige para el sistema de riesgos del trabajo y busca mantener el valor real de las multas frente al avance de la inflación.
Alcance de la medida
Las sanciones alcanzan tanto a las ART como a los empleadores autoasegurados, es decir, aquellas empresas que optan por asumir directamente la cobertura de los riesgos laborales de su personal, así como también a las aseguradoras que administran seguros de retiro.
Desde el organismo señalaron que la actualización apunta a reforzar el cumplimiento de las obligaciones legales y a garantizar una adecuada protección de los trabajadores frente a accidentes y enfermedades laborales.
Actualización de índices jubilatorios
En paralelo, la Subsecretaría de Seguridad Social dispuso una actualización clave para el sistema previsional. A través de la Disposición 2/26, se estableció el índice combinado previsto en la Ley 26.417, modificado por la Ley 27.609, para actualizar las remuneraciones computables en el cálculo de las jubilaciones.
La medida alcanza a los trabajadores en relación de dependencia que cesen su actividad laboral desde el 28 de febrero de 2026 o que soliciten el beneficio jubilatorio a partir del 1° de marzo.
La actualización se realizará conforme a la metodología fijada en la Resolución 3/21 de la entonces Secretaría de Seguridad Social, y es clave para determinar el haber inicial de quienes accedan al sistema previsional en los próximos meses.
Impacto en el sistema laboral y previsional
Con estas decisiones, el Gobierno avanzó en dos frentes centrales del esquema laboral y previsional: por un lado, la actualización del régimen de sanciones en materia de riesgos del trabajo y, por otro, la adecuación de los parámetros jubilatorios, en un contexto de alta variación de precios.
Ambas medidas tendrán impacto directo tanto en empleadores y aseguradoras como en los trabajadores próximos a jubilarse.

