Dónde inscribirse

Cambio en la VTV: el Gobierno abrió el registro para que talleres presten el servicio

Una resolución publicada en el Boletín Oficial modifica aspectos clave del sistema de revisión técnica vehicular

El Gobierno nacional avanzó con una nueva reforma del sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) y Revisión Técnica Obligatoria (RTO). 

A través de una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial, se dispuso la apertura del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, una medida que busca ampliar la oferta de prestadores en todo el país.

La decisión se enmarca en los cambios impulsados por el Decreto 196/2025, que flexibilizó las condiciones para realizar revisiones técnicas y permitió que cualquier taller, concesionaria o importador con capacidad técnica suficiente pueda prestar el servicio, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

La principal novedad es que los talleres interesados ya podrán inscribirse en un registro nacional que permanecerá abierto de manera permanente. 

Eel Gobierno abrió el registro para que nuevos talleres presten el servicio de VTV

Según la resolución, la inscripción será gratuita, digital y se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), dependiente del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=6212

De acuerdo con el texto oficial, el registro funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y concentrará todos los trámites vinculados con la inscripción, actualización y modificación de datos de los talleres habilitados.

Qué requisitos deberán cumplir los talleres para realizar la VTV

Entre las condiciones establecidas por el nuevo anexo técnico se encuentran:

  • Contar con instalaciones aptas para realizar las inspecciones. 
  • Poseer equipamiento específico para verificar frenos, luces, emisiones contaminantes y otros sistemas de seguridad. 
  • Designar un Director Técnico con título de ingeniero matriculado.
  • Acreditar la disponibilidad legal del inmueble donde funcionará el establecimiento. 
  • Presentar la documentación correspondiente mediante TAD. 

La normativa también establece que, una vez presentada la documentación,

la administración contará con un plazo determinado para analizar la solicitud.

Incluso prevé habilitaciones provisorias en caso de que no existan observaciones dentro del período fijado por la reglamentación.

Desde el Gobierno sostienen que la medida apunta a aumentar la competencia, reducir trabas burocráticas y facilitar la incorporación de nuevos prestadores al sistema de revisión técnica vehicular. 

Además, los precios de las inspecciones serán acordados libremente entre los usuarios y los talleres habilitados.

Qué deberán presentar los talleres para inscribirse

La nueva normativa establece una serie de requisitos para los talleres que quieran incorporarse al Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.

Entre la documentación exigida se encuentra:

-Identificación del solicitante o representante legal.

-Designación de un Director Técnico con título de ingeniero matriculado.

-Declaración del personal auxiliar que trabajará en el establecimiento.

-Acreditación del equipamiento técnico mínimo requerido.

-Documentación que demuestre la disponibilidad legal del inmueble.

-Constitución de domicilio físico y electrónico en la plataforma TAD.

Cómo será el trámite

-Toda la documentación deberá presentarse de manera digital.

-La Secretaría de Transporte tendrá hasta 30 días corridos para revisar la solicitud.

-Si no existen observaciones dentro de ese plazo, el taller quedará inscripto y habilitado provisoriamente.

-En caso de inconsistencias, el solicitante dispondrá de 20 días corridos para corregir la información.

Luego de la inscripción, los talleres podrán ser auditados para verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos y operativos previstos por la normativa.

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