Decreto

Milei reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad: los 6 cambios centrales

Se trata de una norma sancionada por el Congreso en julio de 2025 pero que hasta ahora no había tenido aplicación efectiva

El Gobierno nacional oficializó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, una norma sancionada por el Congreso en julio de 2025 pero que hasta ahora no había tenido aplicación efectiva.

La medida se formalizó mediante el Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial, y llega luego de un fallo judicial que obligó al Estado a poner en marcha la ley, que permanecía frenada por motivos presupuestarios.

La reglamentación establece el marco operativo de la Ley 27.793, que declara la emergencia en discapacidad y redefine aspectos vinculados a políticas públicas, prestaciones y pensiones. Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año.

Por qué se activó ahora la ley

Aunque el Poder Ejecutivo había condicionado su implementación a la disponibilidad de partidas presupuestarias, esa postura fue cuestionada en la Justicia.

En diciembre, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró inválido el artículo que suspendía su aplicación y ordenó su puesta en marcha inmediata. El magistrado advirtió que el desfinanciamiento ponía en riesgo tratamientos esenciales y era incompatible con obligaciones constitucionales e internacionales.

Si bien el Gobierno apeló, la Justicia habilitó la feria judicial para supervisar el cumplimiento y exigió avances concretos al Ministerio de Salud.

Los cambios clave establecidos por el decreto

La reglamentación define nuevas reglas para el sistema de discapacidad. Entre los puntos más importantes se destacan:

1. Nuevo régimen de pensiones no contributivas

Se crea un esquema actualizado de Pensiones No Contributivas por Discapacidad, con criterios claros sobre:

  • acceso

  • permanencia

  • incompatibilidades

  • procedimientos administrativos

También se incorporan mecanismos de auditoría y control.

2. Conversión automática de pensiones existentes

Las pensiones otorgadas antes de la ley serán transformadas de oficio en la nueva:

Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social

Esto implicará un proceso de identificación y verificación de beneficiarios.

3. Refuerzo del rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad

El decreto fortalece a la Secretaría, ahora bajo la órbita del Ministerio de Salud, y le asigna nuevas responsabilidades, como convocar al Consejo Federal de Discapacidad.

4. Auditorías obligatorias en un plazo de 30 días

Se fija un límite de 30 días para presentar un plan de auditorías periódicas, tal como exige la ley, con el objetivo de mejorar el control del sistema.

5. Mayor participación institucional

La norma ratifica mecanismos de consulta y articulación a través de distintos organismos, entre ellos:

  • Consejo Federal de Discapacidad

  • Comité Asesor

  • Observatorio de la Discapacidad

  • Consejo de Articulación de Programas

6. Cooperación entre Nación y provincias

El decreto establece esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre:

  • El Estado nacional

  • Las provincias

  • La Ciudad de Buenos Aires

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