Extienden plazo de adhesión al RIGI e incorporan nuevas actividades
Se incorporan sectores tecnológicos y de nuevos desarrollos de hidrocarburos on shore. En este último caso, el monto mínimo de inversión será de USD 600 millones
El Gobierno extendió por un año el plazo para acogerse al Régimen de Incentivo de Grandes inversiones (RIGI) e incorporó nuevas actividades al listado de sectores beneficiados, como los vinculados a bienes y servicios tecnológicos y nuevos desarrollos de hidrocarburos costa adentro u on shore.
En este último caso, se estableció un monto mínimo de inversión de USD 600 millones, en vez de los USD 200 millones requeridos para el resto tal como se estipuló desde la creación del régimen en julio de 2024.
La medida se instrumentó mediante el decreto 105/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, meses antes de la finalización del plazo original, estipulado hasta el 8 de julio de este año.
En consecuencia, el plazo establecido para adherir al RIGI se extiende hasta el 8 de julio de 2027.
"Fundamental" para Caputo
La extensión del plazo había sido anunciada el miércoles por el ministro de Economía, Luis Caputo, en un posteo en la red social X en el que destacó que en el marco del RIGI "ya hay 10 proyectos aprobados por USD 25.479 millones y muchos más en evaluación".
"El RIGI ha sido fundamental. Cuando hay reglas claras, las inversiones llegan", agregó, al tiempo que puso de relieve que, entre las modificaciones, "incorporamos nuevos desarrollos en petróleo y gas con un piso de inversión de USD 600 millones y ordenamos la reglamentación para facilitar la implementación y dar mayor previsibilidad".
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— totocaputo (@LuisCaputoAR) February 19, 2026
Prorrogamos por 1 año el RIGI y lo mejoramos para hacerlo más claro y eficiente.
Incorporamos nuevos desarrollos en petróleo y gas con un piso de inversión de USD 600 millones y ordenamos la reglamentación para facilitar la implementación y dar mayor...
Los cambios
Además de prorrogar el plazo de adhesión hasta el 8 de julio de 2027, se modifica parte del decreto 749/2024, que estableció la reglamentación del régimen.
Entre ellos, se incorporan al conjunto de inversiones en activos computables a "las actividades cuyo objeto principal sea la producción de bienes y servicios tecnológicos, tanto en su aspecto básico como aplicado, de carácter innovador".
Dentro de esas actividades, se señalan la de "biotecnología, nanotecnología, movilidad sobre la base de nuevas tecnologías de motorización (eléctrica pura y/o híbrida) y tecnologías de transición energética, industria aeroespacial y satelital, industria nuclear, industria del software, industria robótica, inteligencia artificial, industria armamentística y de defensa".
En el sector de petróleo y gas, se suman las actividades relativas a la "la construcción de plantas de tratamiento, plantas de separación de líquidos de gas natural, oleoductos, gasoductos y poliductos e instalaciones de almacenamiento" y al "transporte y almacenamiento de hidrocarburos líquidos y gaseosos".
También se incluyen "la petroquímica, incluyendo la producción de fertilizantes, y refinación, la producción, captación, tratamiento, procesamiento, fraccionamiento, licuefacción de gas natural y transporte de gas natural destinado a la exportación de gas natural licuado, así como las obras de infraestructura necesarias para el desarrollo de la referida industria".
Asimismo, se incorporan "la explotación y producción de nuevos desarrollos de hidrocarburos líquidos y gaseosos costa adentro" que al momento de la sanción de la ley de Bases 27.742 "no tuvieran un nivel de desarrollo significativo del área".
Por último, se suma la exploración, explotación y producción de hidrocarburos líquidos y gaseosos costa afuera u off shore.
"Continuidad del proceso" de inversiones
La extensión del plazo por un año se fundamentó en la necesidad de fomentar "la continuidad del proceso de atracción de grandes inversiones de largo plazo", de acuerdo con lo señalado en los considerandos del decreto.
En ese marco, los "ajustes normativos" incorporados obedecen a la necesidad de "delimitar con mayor precisión determinados alcances y optimizar su eficacia operativa, así como reforzar la seguridad jurídica".
Al respecto, se estimó "estratégico para el país potenciar la actividad hidrocarburífera", con una producción incremental que "permitirá acelerar el aprovechamiento de la infraestructura de evacuación y exportación y, a la vez, fortalecer la competitividad del sector".
En ese sentido, para los nuevos desarrollos de hidrocarburos se fijó un monto mínimo de inversión de USD 600 millones, "asemejándolo al monto mínimo de inversión en activos computables requerido para proyectos de explotación y producción de gas destinado a la exportación".
En cuanto a las actividades costa afuera, el monto se estableció en USD 200 millones, "en atención al perfil de riesgo, intensidad de capital y horizonte temporal propios de la exploración" de esa modalidad.
"Dinámicas distintas" en tecnología
En lo que respecta a las inversiones en tecnología, el Gobierno acotó que "se observan dinámicas productivas sustancialmente distintas", con "ciclos de vida de producto significativamente más breves que la vida útil de los activos productivos necesarios para desarrollarlos, particularmente en contextos de rápida evolución tecnológica, presión competitiva global y continua aparición de nuevos estándares".
"Esa desalineación puede dar lugar a que la expansión económica y productiva se materialice, en muchos casos, a través del desarrollo de nuevos productos, sin requerir necesariamente incrementos cuantitativos de capacidad instalada", completó.
- Com.Ven.Var. %

