Calendario del IPS

Jubilados de la Provincia tiene fechas de cobro de marzo confirmadas

El Instituto de Previsión Social informó el cronograma de pagos correspondiente a los haberes del mes de marzo

El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires confirmó el calendario de pagos correspondiente a los haberes de marzo para jubilados y pensionados provinciales. El organismo previsional informó que los depósitos comenzarán a partir del lunes 30 de marzo, de acuerdo con la terminación del Documento Nacional de Identidad.

El cronograma fue difundido por el propio IPS y establece dos jornadas de pago para jubilaciones y pensiones, mientras que las pensiones sociales no contributivas se abonarán el primer día del calendario.

De esta manera, miles de jubilados del sistema previsional bonaerense podrán acceder al cobro de sus haberes en las fechas establecidas por el organismo provincial.

Calendario de pagos del IPS marzo 2026

Lunes 30 de marzo

• Jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3
• Pensiones sociales no contributivas con DNI terminados en 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9

Martes 31 de marzo

• Jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9

Desde el organismo previsional también recordaron que el vencimiento del pago por ventanilla será el 23 de abril de 2026, por lo que quienes cobran de esta manera deberán retirar sus haberes antes de esa fecha.


Monto para jubilados del IPS

El monto de la jubilación que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) se calcula tomando como referencia el mejor cargo que haya ocupado el trabajador durante su carrera laboral. Para que ese puesto sea considerado en el cálculo, debe haberse desempeñado durante al menos 36 meses consecutivos o 60 meses alternados con aportes dentro del sistema previsional provincial.

Para determinar el haber jubilatorio, el organismo tiene en cuenta los sueldos percibidos en ese cargo por todo concepto, incluyendo suplementos y bonificaciones adicionales, siempre que estos pagos tengan carácter habitual, regular y permanente.

En términos generales, la jubilación se fija sobre una base equivalente al 70% del salario correspondiente a ese cargo, aunque en algunos casos el porcentaje puede elevarse hasta el 85% del sueldo, según la situación laboral y los aportes registrados en la carrera del trabajador.

Esta nota habla de: